Google gana su primera batalla contra el derecho al olvido

Bruselas considera que el buscador no es responsable de los datos difundidos en las webs

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Google ha ganado su primera batalla contra el derecho al olvido. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Niilo Jääskinen, ha dictaminado que el buscador norteamericano no es responsable de los datos personales que se incluyen en las webs. Por lo tanto, no se le puede exigir que elimine información de Internet.

La Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD) sabe bien que éste es un tema que preocupa cada vez más a los ciudadanos. En 2007, recibió tres reclamaciones relacionadas con el derecho al olvido. Cuatro años más tarde, las peticiones se elevaron a 160. La agencia critica que Google haya recurrido sistemáticamente sus resoluciones ante la Audiencia Nacional, donde actualmente casi 200 se hallan impugnadas.

Información personal en la red

Uno de los casos que enzarzó al mayor buscador de internet con la AEPD es el que ha provocado el dictamen del abogado europeo y la posterior sentencia del TJUE. En concreto, un abogado exigía que se eliminaran los datos publicados en un diario en los que se le asociaban a una subasta por impago.

La agencia instó al buscador a retirar de su índice dicha información al considerar que “el buscador no es un mero vehículo de transmisión”, aunque reconocía que los datos publicados en la propia web del diario estaban amparados por la libertad de expresión.

La AN ante el tribunal europeo

Pero el caso fue más allá. Google llevó ante la Audiencia la reclamación porque consideraba que la información la debía suprimir la propia fuente.

A su vez, la Audiencia Nacional acudió al TJUE para que se pronunciara sobre si Google está sometido a la normativa europea y española de protección de datos; si es responsable de las eventuales lesiones por la difusión de información personal y si los ciudadanos pueden ejercitar sus derechos ante la AEPD o ante los tribunales de Estados Unidos.

Dictamen del abogado

Este martes se ha conocido el dictamen que da la razón a Google. El documento de Jääskinen resalta que la directiva de la UE no contempla el derecho al olvido generalizado, como se reclamaba a raíz de este caso. Solicitar a los buscadores que eliminen información legítima ya publicada “traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web que equivaldrá a una censura del contenido publicado”, reza el escrito firmado por el abogado europeo.

La AEPD prefiere esperar a la sentencia definitiva y no a una recomendación para valorar los efectos que tendría no poder exigir el derecho al olvido en la red. La agencia recuerda que dichas conclusiones no son vinculantes. Aunque el 80% de los escritos de los letrados comunitarios influyen en las sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia.

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