Cómo tributan los ahorros e inversiones en la renta 2016

Los intereses bancarios, los rendimientos en especie y los fondos de inversión tienen sus particularidades a la hora de tributar

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El 5 de abril comenzó la campaña de la renta 2016. Quedan por delante casi tres meses para presentar la declaración teniendo en cuenta las particularidades fiscales propias de cada comunidad autónoma, ya que estas tienen capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias. Y también hay que prestar especial atención a todos los productos de ahorro del banco que se tengan contratados.

Los intereses derivados de ceder los ahorros a terceros, ya sea a través de una cuenta bancaria o por un depósito tributan en el Impuesto de la Renta sobre las personas físicas, forman parte de la base imponible del ahorro. Todo rendimiento de intereses estará sujeto a una retención del 19%, que luego se descuenta en la declaración de la renta.

Retenciones: son automáticas, por lo que es necesario dotar de fondos a la cuenta

También hay que de tener en cuenta que las retenciones se producen por tramos y no por el importe total de las rentas. Si se ganan 60.000 € de intereses, los primeros 6.000 € tributarán al 19 %, los siguientes 44.000 € (la parte que oscila entre 6.000 y 50.000 €) al 21 %; y los últimos 10.000 € (la parte que excede de 50.000 €), al 23 %.

Los rendimientos en especie tributan hasta el 23%

Al igual que en el caso anterior estos son el resultado de ceder un capital a terceros, por lo estos también tributan a los tipos imponibles del 19, 21 o 23 %. Para saber cuál es la retención del regalo por domiciliar la nómina, se puede preguntar su valor al banco o buscarlo en Internet.

Fondos de inversión: tienen a su favor el diferimiento fiscal

Es importante saber que el banco realizará la retención de manera automática, por lo que es necesario dotar de fondos a la cuenta bancaria para hacer frente a este pago o se tendrá un descubierto bancario.

Los fondos de inversión no tributan hasta que no tengan ganancias

Transcurridos los años en los que se diferenciaba entre los rendimientos generados antes de un año y después de los 12 meses, la tributación es la misma que con los productos de ahorro, con los tres tramos de rendimiento, pero con una diferencia sustancial que es una gran ventaja: el diferimiento fiscal.

En un fondo de inversión, hasta que no se materializa la ganancia patrimonial no se paga nada a Hacienda. A esto se une otro punto: el traspaso de fondos también está libre del pago de impuestos. Ambas circunstancias generan importantes ventajas, ya que se van acumulando ganancias que a su vez aumentan los beneficios, a diferencia de los depósitos que ya retienen y pagan impuestos según se abona el interés periódico.

Estas son las principales novedades de la campaña 2016

Este año ya no se podrá hacer la declaración con el programa Padre, un sistema que ya ha pasado al olvido. Ha sido sustituido por Renta Web, una nueva aplicación a través de la cual el usuario puede realizar su declaración. Se trata de un sistema más simple que guarda la información según se vaya completando.

Desde el 5 de abril la declaración se puede realizar por internet. Si se hace de manera presencial, habrá que esperar hasta el 11 de mayo. Para ambos supuestos, el plazo finalizará el viernes 30 de junio, aunque si se quiere domiciliar el pago, el plazo termina cuatro días antes, es decir, el 26 de junio. 

Economía Digital

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