La fiscalía rechaza el plan de Montoro de publicar los delitos contra Hacienda

El ministerio cuestiona el interés público de esas condenas, así como la eficacia de la medida 

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La fiscalía se opone abiertamente a la parte del anteproyecto de ley general tributaria que prevé la publicación de las sentencias en materia de fraude fiscal. «Se hace muy difícil admitir que exista una relevancia pública» en todos los procedimientos por delitos contra Hacienda, señala.

El informe del Ministerio Público es más crítico con la reforma que el dictamen realizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que avaló el anteproyecto que defiende el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en términos generales como «un elemento preventivo y educativo». Ambos son preceptivos, pero no vinculantes.

¿Dónde radica el interés público?

Además de cuestionar la relevancia de las condenas, la Fiscalía se pregunta «por qué puede existir este supuesto interés público o necesidad de publicar los datos personales de las personas condenadas por los delitos a los que se refiere el anteproyecto y no a otros». Propone además que la reforma se realice a través del Código Penal y no de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), tal y como propone el anteproyecto.

Lo que a la Fiscalía le parece más «trascendente» es que se acuerde la medida de publicación de las sentencias para unos delitos y no para otros respecto de los cuales si pudieran concurrir los requisitos de interés público y necesidad, y que están asociados a la mayor respuesta punitiva, como pueden ser los delitos contra la vida, la integridad física, la libertad sexual o contra la Administración Pública.

Publicidad, pero en todo caso con mesura

Considera, en consecuencia, que podría considerarse la posibilidad de regular la forma de acceso público al contenido de las sentencias penales, «pero valorando la gravedad de los hechos delictivos» a los que se refieren estos documentos.

Sobre el interés de Hacienda por publicar ciertas sentencias, el informe dice que «debería reflexionarse sobre si las finalidades pretendidas pueden conseguirse de otra forma». Propone, por ejemplo, la posibilidad de notificar tales sentencias a las administraciones implicadas o exigiendo a aquel que pretende que se le adjudique un concurso o una subvención «que acredite en el expediente administrativo que carece de antecedentes penales por este delito».

Aunque el Ministerio público admite que los intereses generales deben prevalecer «sobre los individuales a la intimidad y protección de datos», advierte, eso sí, que se haga «con una adecuada proporcionalidad y garantías».

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