Puigdemont insiste en la teleinvestidura pese al doble revés del TC y el CG

El Consejo de Garantías resuelve que la ley de presidencia diseñada para investir a Puigdemont vulnera la Constitución y el Estatut, pero JpC hace caso omiso

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Inasequible al desaliento, Junts per Catalunya (JpC) se niega a renunciar a la reforma de la ley de presidencia, pese al lapidario dictamen que este jueves ha hecho público el Consejo de Garantías Estatutarias (CGE), que considera que el proyecto tal y como está planteado es ilegal, y que en ningún caso está justificado el procedimiento de urgencia mediante el cual la mayoría independentista quería aprobarla por lectura única en el pleno del Parlament convocado los días 3 y 4 de abril para así tratar de forzar una investidura a la brava de Carles Puigdemont. De hecho, la emisión del informe coincidió con la convocatoria oficial del pleno.

A la vista de lo «inequívoco» del informe, el jefe de filas del PSC, Miquel Iceta, instó a JpC y ERC a retirar el proyecto de ley y apostar de una vez por investir a un candidato sin cargas judiciales. Pero el portavoz parlamentario de JpC, Eduard Pujol, compareció a última hora de la tarde para anunciar que su grupo mantiene la voluntad de «trabajar bien y pulir los aspectos que sea necesario, llegar al pleno y poder votar esa reforma». «Tenemos un compromiso con los electores y con el país», remarcó.

El guión sigue siendo que por ahora no hay más candidato que Puigdemont y no se va a modificar ahora

El guión de la formación sigue siendo que por ahora no hay más candidato que Puigdemont y no se va a modificar ahora por lo que diga el CGE, cuyos dictámenes no vinculantes sirven para avalar con carácter previo el encaje en el Estatut y la Constitución de las leyes que emanan del Parlament. Ni tampoco por lo que diga el Tribunal Constitucional, que también este jueves ha admitido a trámite la impugnación que el Gobierno presentó en enero contra el primer intento de candidatura a distancia de Puigdemont, mediante un auto que advierte que el ex president sigue sin poder ser candidato telemático.

Dictamen unánime

El dictamen del CGE sobre la reforma, solicitado por el PSC y Cs que ha sido emitido este jueves, es rotundo, y sus conclusiones, adoptadas por unanimidad de sus ocho miembros: el organismo considera que la reforma planteada vulnera el Estatut y la Constitución, entra a legislar aspectos que dependen del reglamento del Parlament y no cumple con los requisitos legales para ser tramitada de forma exprés.

JpC plantea retocar la ley para que, “en caso de ausencia, enfermedad o impedimento del candidato”, el pleno pueda autorizar, por mayoría absoluta, su investidura a distancia. Así, si se diera esa mayoría, el presidenciable podría presentar su programa al Parlament “por escrito o por cualquier otro medio previsto en el reglamento”. Pero el consell considera esta previsión “manifiestamente inconstitucional y antiestatutaria” porque “desdibuja el procedimiento de investidura” y “vulnera las garantías constitucionales de los diputados”, al impedir, o cuanto menos dificultar, el preceptivo debate entre el presidenciable y la cámara.

La reforma también está invadiendo ámbitos regulados por el reglamento del Parlament

La propuesta de reforma también prevé que, en caso de que el pleno denegara la investidura a distancia, esa votación fuera equiparable a una votación (negativa) de investidura, pero el CGE considera que también ese punto se salta la Constitución y el Estatut. De hecho, recurda que el Estatut el que fija la celebración del debate y la votación de la investidura, y que esta no puede ser “omitida, sustituida o equiparada a ningún otro procedimiento o trámite en virtud de una ley o norma jerárquicamente inferior”.

El informe añade que, como ya había advertido ERC, al introducir la posibilidad de que el candidato sea escogido a distancia, la reforma también está invadiendo ámbitos regulados por el reglamento del Parlament, que, según recuerda el Consell, establece la obligación con carácter general de los diputados, incluido el candidato a presidente, de asistir de forma presencial a los plenos, y que en una sesión de investidura exige tanto una presentación oral del presidenciable como un debate.

Menos rotundo se muestra el CGE respecto de la posibilidad de que el gobierno catalán pueda operar a distancia

Si dicha presentación fuera por escrito, como propone JpC, no sería posible ese debate, argumenta el CGE. Y, por lo que respecta a la otra opción planteada en la propuesta de reforma, es decir, a que la presentación se haga “por cualquier otro medio previsto en el reglamento”, el Consell recuerda que el reglamento no prevé ningún otro medio que el presencial.

Menos rotundo se muestra el CGE respecto de la parte de la reforma que hace referencia a la posibilidad de que el gobierno catalán, una vez constituido, pueda operar a distancia. Así, reconoce como “estatutariamente legítimo e incluso recomendable” introducir la posibilidad de que en caso de que algún miembro del gobierno no pueda asistir físicamente a sus reuniones, pueda intervenir de forma remota.

Eso sí, advierte de que esa opción requeriría de un desarrollo reglamentario que afinara los criterios y las garantías, y también de que en ningún caso valdría para los consellers que se encontraran fuera de Cataluña, pues el Estatut ya regula como hay que sustituirles en ese caso.

No a la vía de urgencia

Todo eso, por lo que respecta al contenido. Pero es que el Consell tampoco avala el procedimiento exprés mediante el cual la mayoría independentista pretende aprobar la reforma en el pleno de la semana que viene. Porque “no es una cuestión de naturaleza menor, accesoria, excéntrica o periférica” y porque afecta a “aspectos nucleares” de una ley de desarrollo básico del Estatut.

Para el CGE, la reforma de ley debería aprobarse por la vía ordinaria, pero eso implica que sea tramitada en una comisión legislativa, y las comisiones legislativas no se constituyen hasta que no se ha investido un presidente. De manera que no permitiría investir a Puigdemont en ningún caso en primera instancia, sin haber nombrado antes a otro presidente.

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