Una resolución impecable del Constitucional bloquea el fraude de Puigdemont

La resolución del Tribunal Constitucional para bloquear el fraude de Puigdemont conserva intacto el prestigio y la credibilidad de los magistrados

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El pleno del Tribunal Constitucional –en ausencia del magistrado Andrés Ollero, de baja por enfermedad– ha confirmado por unanimidad que Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia y huido en Bruselas, conserva intactos sus derechos como diputado electo, incluido el de ser elegible como president de la Generalitat, pero con la condición de que asista personal y presencialmente al pleno del Parlament, previa autorización del magistrado Pablo Llarena.

La resolución no se pronuncia sobre la admisión a trámite de la petición del Gobierno de anular el pleno del día 30, que queda pendiente para debate posterior con audiencia de Puigdemont, pero desmonta cualquier posibilidad de fraude de ley del candidato prófugo que sólo podrá ser investido presencialmente, con lo que quedan excluidas tanto la vía telemática como la delegación en otro diputado.

La resolución del Tribunal Constitucional es impecable desde el punto de vista procedimental, concorde con el dictamen del Consejo de Estado y contraria a la pretensión del Gobierno de que el pleno de investidura quedase anulado.

Es una decisión magistral adoptada después de muchas horas de debate que han conducido a la unanimidad que conserva intacto el prestigio y la credibilidad de la institución, al dar audiencia de parte a Puigdemont y garantizando sus derechos como diputado con la condición de que comparezca ante el pleno, previa autorización judicial, dada la orden de búsqueda y captura vigente en España.

Una investidura, aunque hubiera sido detenido, suponía un deterioro de la credibilidad del Estado

Los otros cuatro diputados huidos no podrán delegar su voto, por lo que la única posibilidad de ejercerlo radica en que asistan a las sesiones del Parlament, por lo que quedarían también expuestos a la orden de búsqueda y captura vigente contra ellos.

La decisión del Tribunal Constitucional, sin forzar en lo más mínimo las normas y la jurisprudencia del organismo, impide de hecho cualquier burla de la ley al expresident huido, descarta la eficacia de una presentación por sorpresa para ser investido antes de ser detenido, pues es requisito imprescindible la autorización del magistrado Llarena para participar en la sesión de investidura convocada para el día 30 de este mes.

La decisión del Gobierno de Mariano Rajoy de presentar un recurso de inconstitucionalidad –podría decirse previo o sobre intenciones– a la celebración de un pleno del Parlament para investir a Puigdemont, podría considerarse que retorcía los procedimientos establecidos en la ley para evitar que se perpetre un acto ilegítimo, que atentaría, de consumarse, gravemente contra el Estado de Derecho y erosionaría las instituciones del Estado. Desde luego era una inciativa legal pero que tenía constes políticos importantes y podía sentar un precedente al alterar los procedimientos empleados en los recursos ante el Constitucional hasta la fecha.

¿Por qué ha tomado una decisión de esta naturaleza el Gobierno, en contra del dictamen del Consejo de Estado –que es preceptivo, aunque no vinculante– y con el riesgo de que el Tribunal Constitucional lo desestime o que se rompa la unanimidad que el alto tribunal ha ejercido en todos sus pronunciamientos sobre el desafío catalán?

Sin duda el Gobierno debía tener razones profundas. Una investidura telemática, delegada o presencial, burlando la vigilancia policial, aunque hubiera sido detenido posteriormente a ser investido, suponía un deterioro de la credibilidad del Estado, con daño a las instituciones y una derrota del Gobierno que se hubiera traducido en una victoria de Puigdemont. Independientemente de que esa hipotética investidura hubiera sido anulada posteriormente por el Tribunal Constitucional.

La resolución sitúa a Roger Torrent en el camino de Carme Forcadell si insiste en la investidura

Como beneficio colateral, la resolución del Tribunal Constitucional refuerza los intereses de Esquerra en su particular lucha por la hegemonía del nacionalismo y le auxilia en sus intereses de quitar de en medio como candidato a Puigdemont.

Quedan muchas preguntas sin responder.

La primera: ¿Cuál será la reacción de la Mesa del Parlament, con mayoría secesionista? Están apercibidos de sus responsabilidades penales si incumplen la resolución y persisten en una investidura a distancia o delegada e incluso si se celebrase hipotéticamente con la presencia de Puigdemont sin autorización del magistrado Llarena.

La CUP ha puesto como condición para participar en la investidura que el Parlament desobedezca la resolución del Constitucional. Si la CUP mantiene su amenaza, la elección de otro candidato no tendría mayoría suficiente al no contar con los votos de los diputados huidos.

El escenario es muy abierto. Y una de las posibilidades es el boicot a cualquier otro candidato de los diputados fieles a Puigdemont, que conduciría a unas nuevas elecciones.

Sin duda, lo más relevante es que la decisión haya salvado la unanimidad del Tribunal. Dificulta cualquier maniobra política para desacreditar su independencia y sitúa a Roger Torrent en el camino de Carmen Forcadell si persiste en el empeño de intentar una investidura expresamente prohibida por el Tribunal Constitucional.

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