Europa ilegaliza los sobreprecios por llamar a atención al cliente

El TJUE dicta que una llamada posventa no podrá superar el coste que tiene una llamada estándar

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegales los sobrecostes derivados de las llamadas a números telefónicos de servicios de posventa. Con este fallo, una llamada a atención al cliente no podrá superar el coste que tiene una llamada estándar. 

El tribunal con sede en Luxemburgo advierte que si los comerciantes tuviesen derecho a cobrar tarifas más elevadas que la de una «básica», los consumidores podrían no recurrir al teléfono de asistencia. Por otro lado, aclaran que si se respeta el límite del coste de una llamada estándar es «irrelevante» que el comerciante obtenga beneficios mediante ese número.

La polémica llegó desde Alemania. Una asociación de protección al consumidor pidió a un tribunal de Stuttgart que obligara a una empresa tecnológica a deshabilitar un teléfono de posventa con el prefijo 0180. El coste era superior al de cualquier llamada estándar. En concreto, costaba 0,14 euros por minuto desde la red fija y 0,42 euros por minuto desde una red móvil.

El tribunal germano remitió al TJUE los derechos expuestos en la directiva comunitaria de 2011. Tras esta resolución en favor del consumidor, el tribunal alemán deberá resolver el litigio adoptando la decisión de la corte comunitaria. Al mismo tiempo, los tribunales de los Estados miembros deberán pronunciarse en el mismo sentido ante un conflicto similar. 

 
Economía Digital

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