Golpe a las impugnaciones del ERE de Telefónica: la Justicia avala las indemnizaciones por edad
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que las diferencias en las compensaciones económicas del ERE de Telefónica están justificadas por criterios objetivos vinculados a la edad y la proximidad a la jubilación
ERE Telefónica
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la legalidad del sistema de indemnizaciones aplicado en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) ejecutado por Telefónica en 2024. La sentencia considera que las diferencias en las compensaciones económicas en función de la edad de los trabajadores no constituyen una discriminación, al estar justificadas por criterios objetivos relacionados con la proximidad a la jubilación y la protección social.
El fallo supone un importante respaldo para Telefónica y para los acuerdos alcanzados entre la compañía y las organizaciones sindicales durante la negociación del proceso de reestructuración.
El origen del conflicto
La resolución judicial responde a la demanda presentada por un trabajador de 57 años que participó en el ERE y que consideraba discriminatorio el cálculo de su indemnización. El exempleado reclamaba una compensación adicional por daños morales al entender que el sistema de rentas establecido perjudicaba a los trabajadores de mayor edad.
Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 20 de Madrid como posteriormente el TSJM han rechazado sus argumentos, concluyendo que el acuerdo alcanzado durante el ERE se ajusta a la legalidad vigente.
La proximidad a la jubilación
La sentencia destaca que los trabajadores más próximos a la edad de jubilación cuentan con mecanismos de protección adicionales, como convenios especiales con la Seguridad Social financiados por la empresa y un menor periodo de incertidumbre laboral hasta acceder a una pensión contributiva.
Por ello, los magistrados consideran que establecer porcentajes de renta distintos según la edad responde a una finalidad legítima y razonable, y no vulnera el principio de igualdad recogido en la legislación laboral española.
Doctrina respaldada por el Tribunal Supremo
El TSJM fundamenta su decisión en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en enero de 2023. Aquella jurisprudencia ya estableció que los acuerdos de despido colectivo pueden contemplar indemnizaciones diferentes según la edad siempre que exista una justificación objetiva y proporcional.
Según esta interpretación, los trabajadores más jóvenes afrontan un periodo potencialmente más largo fuera del mercado laboral y mayores dificultades para reconstruir su carrera profesional, lo que justifica medidas compensatorias diferenciadas.
Un precedente relevante para futuras reestructuraciones
La resolución adquiere especial relevancia porque refuerza la seguridad jurídica de los acuerdos alcanzados en procesos de despido colectivo. El ERE de Telefónica de 2024 afectó finalmente a más de 3.300 trabajadores y contemplaba rentas mensuales junto con una prima única de salida.
Además, la sentencia llega en un momento en el que la operadora prepara nuevos ajustes laborales con condiciones similares, por lo que el fallo podría convertirse en una referencia para futuros procesos de reestructuración empresarial en España.
Telefónica gana respaldo judicial
Con esta decisión, Telefónica obtiene un importante respaldo de los tribunales a uno de los aspectos más sensibles de los expedientes de regulación de empleo: la diferenciación de las indemnizaciones en función de la edad.
La sentencia consolida la idea de que este tipo de medidas pueden ser legales cuando persiguen objetivos de política social y empleo y cuentan con el respaldo de la negociación colectiva. De esta forma, el fallo marca un precedente que podría influir en futuras decisiones judiciales sobre despidos colectivos en grandes empresas españolas.