El Corte Inglés: Gimeno pierde la primera batalla judicial

Dimas Gimeno pierde la primera batalla judicial contra la empresa que se encargaba de la seguridad de El Corte Inglés pero recurrirá ante la Audiencia

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La guerra por el poder de El Corte Inglés entre Dimas Gimeno y su familia y los directivos de la empresa ya tiene la primera resolución en los tribunales. El juzgado de instrucción número 46 de Madrid ha sobreseído una querella que había presentado el expresidente del grupo, dándole la razón a la otra parte. No obstante Gimeno presentará un recurso a la Audiencia.

Esta querella fue interpuesta por Dimas Gimeno después de recibir un anómino cuando todavía era el máximo responsable de la cadena de centros comerciales por los supuestos amaños de contratos entre El Corte Inglés y Mega 2 Seguridad, la empresa de Fernández-Cernuda.

Al mismo tiempo gestionaba de forma externa la seguridad del ‘holding’ y de la que era presidenta su madre, la señora Hidalgo. Así, la denuncia era contra el exdirector de seguridad Juan Carlos Fernández-Cernuda, Clara María Concepción Hidalgo —su madre—, y Joaquín Domingo Martorell.

Gimeno les acusa de presuntos delitos de administración desleal, delito societario y corrupción en los negocios. El juez admitió la querella a trámite en septiembre de 2018 al considerar que veía una «posible existencia de delitos societarios».

El juez determina que no hay indicios que permitan seguir con el procedimiento con las personas investigadas

No obstante, el magistrado ha sentenciado que «no concurren indicios que permitan la continuación del procedimiento con las personas investigadas, ya que de las diligencias practicadas no se deriva que ellos sean los autores de los delitos de administración desleal, delito societario y de corrupción entre particulares», según publica El Confidencial.

«La carga de la prueba en el proceso penal corresponde a la acusación sin que pueda hacerse recaer en el acusado la obligación de aportar elementos de prueba que supongan una autoincriminación, y en el supuesto que analizamos, la parte querellante no ha acreditado la concurrencia de los elementos del tipo de los delitos que constituyen la acusación”.

El juez agrega que «no se ha demostrado el elemento nuclear, es decir, que la contratación de obligaciones haya resultado perjudicial para la empresa, tal y como se refleja en el informe de auditoría».

No hay perjuicio para los socios

El auto concluye que no consta «la existencia de un perjuicio económicamente evaluable para los socios ni se ha acreditado la existencia de un beneficio propio en el sujeto activo».

La acusación alegaba que el anónimo en el que se basaban aseguraba que Mega 2 Seguridad se había quedado con los contratos de la casa cobrando un precio superior al de sus competidores, unos negocios que posteriormente estaría vendiendo a empresas del sector y para beneficio propio.

Desde El Corte Inglés siempre han sostenido que no hubo ningún tipo de irregularidad en la concesión de la seguridad, de unos 300 millones. De hecho, el consejo, una vez ya despedido Dimas Gimeno, encargó un informe a la consultora BDO para que investigase los presuntos delitos.

El siguiente combate judicial entre la familia de Dimas Gimeno y las actuales herederas de El Corte Inglés, Marta y Cristina Álvarez Guil tendrá lugar el 21 de marzo, cuando se verán las caras en otro juzgado por el reparto de la herencia de Isidoro Álvarez​.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp