Repsol esquiva una multa millonaria por pactar precios de gasolina

La Audiencia Nacional anula por un error de forma la sanción que impuso Competencia a la petrolera por pactar precios en los carburantes en Galicia y Murcia

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

En julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia concluía una investigación a Repsol y a otras pequeñas gasolineras por prácticas anticompetitivas con una de las mayores sanciones que ha puesto hasta la fecha el organismo. La petrolera encajó una multa de 22,6 millones, mientras que otras dos empresas lucenses y dos murcianas sufrieron multas menores.

Las dos empresas de Lugo eran y todavía son propiedad de Jesús Lence, el dueño de Leche Río. Lence Torres, el grupo familiar, y Complejo San Cristóbal, ambas dedicadas, entre otras actividades, a la venta de carburantes. Competencia consideraba acreditado “el acuerdo alcanzado en abril de 2013 entre Repsol S.A. y las empresas Lence Torres, S.L. y Complejo San Cristobal, S.L. para coordinar de los precios de venta al público en sus estaciones de servicio en el entorno de Lugo. Mediante tal compromiso se perseguía igualar los precios de venta al público de combustible en todas las Estaciones de Servicio dependientes de ambos Grupos ubicadas dicha zona”, señalaba el organismo.

La conclusión del supervisor tocaba un tema especialmente sensible en Galicia, debido a que la comunidad padece los precios del combustible más elevados del Estado. La Xunta llegó a enviar documentación a Competencia solicitando una investigación al respecto y acusando a los operadores de pactar precios. 

El recurso de Repsol

La sanción a Lence fue de 113.801 euros, a otras dos gasolineras murcianas, por el mismo motivo, de 177.000 euros; y a Repsol de 22,6 millones. La resolución de Competencia indignó a la petrolera, que la consideró “injusta” y “desproporcionada”, procediendo a presentar recurso en los tribunales.

La Audiencia Nacional acaba de retirar la multa. Repsol no entró a cuestionar ante la Sala si había incurrido o no en prácticas anticompetitivas y fundamentó su defensa en un error de forma, avanzó El Confidencial. Competencia sancionó a la matriz y no a la filial que había cometido los hechos, Repsol Comercial de Productos Petrolíferos.

Repsol no entró a cuestionar las supuestas prácticas anticompetitivas y fundamentó su exitosa defensa en un defecto de forma

La compañía alegó con éxito que, si bien ella podía ser responsable económica de las sanciones a su filial, de ninguna manera había incurrido en prácticas anticompetitivas ni había cometido los hechos que se le imputan. “Pero no ha sido esto lo que ha realizado la CNMC en la resolución impugnada, en la que se ha declarado a la sociedad matriz autora y responsable de los actos de las filiales», decía Repsol, matizando que la matriz “no realiza actividades en el mercado de distribución de combustibles”.

La Audiencia Nacional anula por este motivo la multa, al entender que es necesario diferenciar entre el autor material y el responsable de la actuación de la filial. 

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp