Aprobado el paro para los autónomos

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El Consejo de Ministros aprobado este miércoles el proyecto de ley que permitirá a los trabajadores autónomos percibir la prestación por cese involuntario de actividad.

El proyecto aprobado se basa en un sistema «contributivo, solidario y sostenible financieramente», según expresó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo.

Para ello se establece un sistema mixto, entre voluntario y obligatorio, en el que tendrán derecho a protección los autónomos que coticen por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es obligatorio para los emprendedores que necesariamente tienen que cotizar por estas contingencias comunes y que son los autónomos económicamente dependientes (cuando al menos el 75% de sus ingresos proceden de un mismo cliente) y los que lleven a cabo actividades con un mayor riesgo de siniestralidad.

Este tipo de actividades serán definidas en 2010 por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, previsiblemente del transporte, construcción y algunas de la industria. Actualmente hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura, incluidos 176.000 del sector agrario, según el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

El sistema es voluntario para los autónomos que no cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y que cambien de opinión. En cualquier caso, el cobro de la prestación requerirá haber cotizado por esas dos contingencias durante al menos doce meses continuados antes del cierre involuntario del negocio.

La duración de la protección variará de un mínimo de dos meses de prestación -por doce meses de cotización- hasta un máximo de seis meses -por 36 meses cotizados-, mientras que para los trabajadores autónomos de 60 a 64 años la duración se situará entre los 3 y los 9 meses.

Debido a que en los doce primeros meses no existe gasto en prestación, el proyecto de ley establece un tipo de cotización para los autónomos del 1,5% de la base, al que habrá que aplicar una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, sobre una base mínima de 833,4 euros.

De esta forma, el trabajador cotizará sobre un 1% para el primer año, lo que supondrá el abono mensual de 8,33 euros para cubrir esta nueva prestación. La cuantía del subsidio será del 70% de la base por la que se cotizaba durante los doce meses anteriores al cierre.

Si se toma de referencia la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de 833,4 euros mensuales para 2009, la prestación ascendería a 538,38 euros; mientras que la máxima cuantía podría llegar a 1.383,9 euros en el caso de tener dos o más hijos. Según De la Vega, el coste de este nuevo sistema se calculará en función del número de autónomos que decida finalmente cotizar en él.

Economía Digital

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