Los banqueros gallegos pasarán en prisión menos de la mitad de su condena

Aunque apenas tienen posibilidades legales para recurrir la decisión de la Audiencia Nacional, accederán a un régimen de semilibertad tras un año en prisión o antes si así lo decide el juez de Vigilancia Penitenciaria

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La decisión de la Audiencia Nacional de encerrar por primera vez a los directivos que quebraron las cajas en España ha dejado sin argumentos legales a Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego, Gregorio Gorriarán y Óscar Rodríguez Estrada. Los posibles recursos que permite el ordenamiento jurídico –súplica, casación y amparo ante el Constitucional– están condenados a estrellarse, según coinciden los juristas consultados.

Pese a no haber devuelto el dinero, factor decisivo para que la Sala ordenara su detención, la antigua cúpula de Novagalicia no pasará ni la mitad de la condena de dos años de cárcel entre rejas. En el caso del ex presidente de Caixanova, Julio Fernández Gayoso, podría salir en poco tiempo.

Una libertad con matices

La consecución de un régimen de semilibertad «directo» depende de la evaluación de las Juntas de Tratamiento de las Prisiones, que valoran la situación personal y familiar de los reclusos, los antecedentes, el tipo de delito o estudios y, en definitiva, la capacidad de reinserción social. El juez de Vigilancia Penitenciaria toma la decisión final.

Los ex directivos tienen todos los factores a favor –estudios, falta de antecedentes…- salvo la restitución de la responsabilidad civil, esos 10,4 millones que se llevaron de Novagalicia y de los que apenas han devuelto la mitad. Y lo devuelto se debió en gran medida a los embargos, como el de un inmueble de Gregorio Gorriarán vendido por más de 4 millones, según consta en el auto de la Audiencia Nacional.

Gayoso podría salir en breve

La norma tácita indica que se debe cumplir la mitad de la condena –en este caso, un año– para acceder al tercer grado. Las fuentes consultadas apuntan, sin embargo, que Fernández Gayoso, podría lograr una prisión atenuada en breve espacio de tiempo por causas de salud derivadas de su avanzada edad, 85 años. El banquero que asumió todo el poder económico en el sur de Galicia tras una cadena de fusiones auspiciadas por la Xunta de Manuel Fraga, cumple su condena en uno de los centros más grandes de la comunidad, el de A Lama (Pontevedra).

Las mismas fuentes matizan que el Código Penal no recoge que la edad tenga implicaciones legales a la hora de cumplir condena y que, por tanto, hay un factor discrecional en estas evaluaciones. «Los ancianos van a la cárcel, como todo el mundo. Lo de que no se encierra a ancianos es mitología», asevera un jurista.

El mismo procedimiento podría reducir la pena de dos años a José Luis Pego, ex director general de Novagalicia; Óscar Rodríguez Estrada, responsable de la oficina de integración de las cajas gallegas, y Gregorio Gorriarán, responsable de la división inmobiliaria, a entre seis y doce meses en la cárcel.

Sin recursos

La orden de detención dictada por la sección tercera de la Sala de lo Penal, un aviso a los banqueros españoles investigados para que sean diligentes en la devolución del dinero, solo deja abierto el camino del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, un proceso que se podría demorar entre tres y seis meses, según las fuentes jurídicas consultadas.

Sin embargo, tres despachos de abogados coincidieron en señalar que este recurso no prosperaría, al no haberse vulnerado los derechos fundamentales de los ex directivos que no hace tanto fueron la piedra angular de la financiación y el desarrollo económico de Galicia.

Las mismas fuentes opinan que el recurso de súplica ante la Audiencia Nacional sería inútil, pues no tiene carácter suspensivo y la Sala no se rectificaría a sí misma, mientras que el de casación no se admitiría en el Supremo.

La triquiñuela legal del indulto

La contundencia de la Audiencia Nacional a la hora de ordenar las detenciones fue clave para la situación actual de los exdirectivos, pues impidió que recurrieran a la figura del indulto, un procedimiento administrativo paralelo que resulta de lo más útil para dilatar el cumplimiento de una condena. Lo resuelve el Consejo de Ministros, pero permite alegar que se suspenda la condena hasta que no se pronuncie el Gobierno, que por lo general tarda más de seis meses.

Para Gayoso, Pego, Gorriarán y Rodríguez Estrada esta figura carece ahora de sentido al encontrarse cumpliendo condena por no devolver las indemnizaciones millonarias que se llevaron de una entidad en quiebra. Es más efectivo encomendarse a la benevolencia del juez de Vigilancia Penitenciaria.

Robert Rodríguez

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