El síndico detecta indemnizaciones irregulares de directivos de la sanidad catalana

El ente regulador también señala que el Consorci Sanitari Integral aplicó menos recortes de los exigidos a altos cargos

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La Sindicatura de Comptes ha encontrado un cúmulo de irregularidades en los contratos de alta dirección del Consorci Sanitari Integral (CSI), empresa pública que gestiona tres hospitales y varios centros de atención primaria y residencias de ancianos. El ente fiscalizador catalán señala que entre los años 2009-2011 se produjeron varias indemnizaciones no justificadas a altos directivos.

Además, en su informe, el síndico Andreu Morillas apunta que el CSI aplicó menos recortes de los exigidos por el decreto Ley 3/2010 a los altos cargos del grupo. Se trata de una situación similar de lo acontecido en el Hospital Sant Pau, donde los trabajadores han llevado hasta los tribunales esta situación.

Indemnización al consejero delegado

El síndico apunta a una indemnización de 30.834 euros que se pagó al consejero delegado del CSI hasta 2010, Josep Fité, por el incumplimiento del periodo de preaviso. El informe esgrime dos argumentos.

El primero apunta que “la clausula octava decía explícitamente que en caso de renuncia por parte del Consorci no era necesario realizar ningún preaviso”. El segundo indica que en cualquier caso tampoco le debería haber correspondido indemnización por incumplimiento del preaviso porque al día siguiente de su cese fue nombrado adjunto a la nueva consejera delegada, Mònica Almiñana.

Otros despidos

La Sindicatura de Comptes pone el foco también en una indemnización de 161.484 euros al ex director general, Santiago Nofuentes. El CSI abrió un expediente informativo y lo apartó de sus funciones por haberse extralimitado en el ejercicio de su cargo. Posteriormente, en febrero de 2011, se le despidió. Actualmente dirige la consultora Lean Sanidad.

El caso es parecido al despido en noviembre de 2010 del director técnico con una indemnización de 70.150 euros. La rescisión de contrato se hizo por acto de conciliación.

El 8 de febrero de 2011 también se prescindió del gerente del área de L’Hospitalet de Llobregat por motivos disciplinarios. El mismo día, el CSI reconocía la improcedencia del despido y le indemnizaba con 45 días por año trabajado, el máximo posible por aquel entonces. Durante ese mismo ejercicio, se despidieron a 29 trabajadores rasos con una indemnización de 20 días por año. Además, el alto cargo recibió 22.500 euros por compensación al no respetar el término de preaviso.

El síndico considera que para preservar el principio de no discrecionalidad, se deberían tramitar correctamente los expedientes disciplinarios. «Convendría que los despidos improcedentes y las indemnizaciones fuesen establecidas por sentencias judiciales», apunta.

Aplicación del decreto ley 3/2010

El CSI aplicó la reducción salarial del decreto ley 3/2010 a sus trabajadores. No obstante, a la dirección no se hizo de forma adecuada. El recorte fue del 5% en lugar del 8%, como les tocaba.

Esta medida se explica ya que durante los ejercicios examinados, la dirección del grupo decidió cambiarles el régimen laboral y los vinculó al convenio colectivo. Según los informes elaborados por la Seguridad Social, el Consorci hizo este cambio sin que cambiasen sus funciones directivas ni sus salarios.

La Sindicatura apunta que de acuerdo con el estatuto básico del empleado público, el personal de las entidades públicas que desarrolla servicios de carácter directivo debe estar sujeto a convenios de alta dirección. “Por tanto, los cambios contractuales no se deberían haber realizado”, añade.

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