El Supremo perdona a Puigdemont una multa de 3.000 euros

Las multas impuestas por considerar que se había intentado dificultar una reunión de la Junta Electoral han sido anuladas al no apreciar “mala fe”

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El Tribunal Supremo he decidido anular después de casi medio año las multas de 3.000 euros que impuso por «mala fe procesal y temeridad» al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, a su exconseller Toni Comín -ambos huidos a Bélgica- y a la coalición con la que ambos se presentaron a las pasadas elecciones europeas del 26 de mayo, Lliures Per Europa. No discute que actuaron con temeridad, sin embargo considera que no infringieron «las reglas de la buena fe» y, por tanto, no se les debería haber multado. 

Todo se produjo porque las tres partes pidieron con menos de un día de antelación y de urgencia al Supremo, a través de unas medidas cautelarísimas (que deben adoptarse sin escuchar al resto de partes), que se celebrase con publicidad una reunión de la Junta Electoral Central (JEC) del pasado 13 de junio.

El Supremo consideró que se apuraron los plazos de presentación de los escritos para dificultar la celebración de la reunión, en la que se iba a proceder al recuento de los votos, la atribución de escaños y la proclamación de eurodiputados electos. La petición fue rechazada porque la publicidad del desarrollo de aquella reunión ni estaba prevista ni era necesaria, y se abrió una pieza para determinar si la multa debía ser impuesta.

Tanto la Fiscalía como el letrado de las Cortes Generales y de la JEC apoyaron la imposición de las multas al considerar que el momento elegido por Puigdemont y Comín para presentar su escrito era “el momento más propicio para generar una complicación adicional” en el desarrollo de la reunión de la JEC. 

El Tribunal Supremo decide rectificar su posición

Ahora, en tres autos, la Sala de Gobierno del Alto Tribunal deja sin efecto las multas que se les impuso en su día. La petición por parte de los independentistas fue el día 12 a las 19 horas cuando en realidad, y según dijo entonces el Alto Tribunal, podían haberlo hecho antes dado que ésta se notificó con 48 horas de antelación y que además se celebraba tal cual normas vigentes sin discusión desde hace 35 años.

Además, el mismo día de la reunión, a las 11 horas, presentaron otro escrito pidiendo que no diese comienzo a la reunión por haber solicitado las cautelarísimas. Ahora la Sala de Gobierno indica que según la documentación aportada, los recurrentes no habrían dispuesto de más de 48 horas desde dicha reunión y por eso se les ha levantado la multa de 3.000 euros a cada uno.

Esto ocurre tres días más tarde en que el Supremo pidió el arresto de los compañeros de fuga de Puigdemont Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig, quienes han indicado que se entregarán a las autoridades escocesas y belgas.

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