La justicia europea deja en evidencia al Constitucional en materia de desahucios

La Asociación Española de la Banca tacha de “razonable y constructiva” la sentencia de Luxemburgo

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La sentencia del Tribunal de Luxemburgo de este jueves marca un hito en la historia judicial española. Además de permitir que los jueces puedan parar ejecuciones hipotecarias, saca los colores del máximo tribunal español, el Tribunal Constitucional (TC).

La resolución europea llega tan sólo 18 meses después de que los magistrados de la sala más importante de España rechazaran admitir a trámite una pregunta parecida a la que planteó el titular del Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona, José María Fernández Seijó, a la justicia europea. Planteó la cuestión un magistrado de Sabadell (Barcelona) y, en julio de 2011, el TC decretó que el planteamiento del magistrado de Catalunya era “notoriamente infundado”, recuerda la abogada del Colectivo Ronda Núria Vilarnau. Con un voto particular, el de Eugeni Gay.

Cláusulas de los préstamos

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo es de aplicación inmediata, ya que “afecta a la normativa comunitaria”, explica el abogado y miembro de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona Jesús Sánchez. Ahora, los jueces de las salas de lo mercantil de España podrán parar de oficio los lanzamientos, que se decretan en una sala de primera instancia, mientras deciden si las cláusulas del préstamos son abusivas o de buena fe. “Recomendamos que sean los propios desahuciados los que hagan saber al juez que tienen los dos procedimientos en marcha”, explica Vilarnau.

Queda en el aire otro debate: ¿Qué pasará con los procesos que ya estén en marcha y con las familias que ya han sido desahuciadas? “Es una reflexión muy importante, ya que todas las resoluciones dictadas hasta la fecha no eran incorrectas en su momento”, declara Sánchez. Para Vilarnau, tienen que ser los propios jueces los que estudien de oficio la buena fe de las cláusulas hipotecarias en cualquier proceso de desahucio.

Felicitaciones de la banca

La norma no afecta a los procesos que ya se han ejecutado. Aunque la letrada del Colectivo Ronda apuesta porque se reabra el caso si la vivienda ha sido adjudicada “al banco o a sus inmobiliarias”. “Se tiene que debatir”, asegura Sánchez. De hecho, el Icab ya ha organizado una jornada el próximo 2 de abril para analizar la sentencia y sus posibles consecuencias en la que participarán el propio Fernández Seijó y Eugeni Gay, además de otros representantes legales de entidades financieras o catedráticos de reconocido prestigio en el sector.

Las entidades financieras españolas también se han pronunciado este jueves a través de su patronal, la Asociación Española de Banca (AEB). En un comunicado, tacha la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de “razonable y constructiva”. Además, asegura que a partir de este momento cumplirán el dictamen y lo interpretarán “en la misma línea. En los términos razonables y constructivos en los que se expresa el alto tribunal europeo sobre esta materia”. Es decir, sólo parará los desahucios si lo pide un juez de lo mercantil.

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