Endesa pierde la batalla judicial contra el impuesto a los embalses

La eléctrica reclamaba la recuperación de cerca de un millón de euros por un tributo medioambiental de Aragón

Sede de Endesa

Sede de Endesa

Endesa ha sufrido un revés judicial en su intento de recuperar el dinero abonado por el impuesto medioambiental que grava determinados usos del agua embalsada para generar electricidad. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rechazado dos recursos de la energética controlada por la italiana Enel contra este tributo autonómico, con los que reclamaba la devolución de más de 922.000 euros correspondientes al ejercicio 2023.

Las dos resoluciones, fechadas el 5 de octubre y consultadas por este medio, desestiman las pretensiones de Endesa Generación, la filial del negocio de producción eléctrica del grupo, y respaldan los argumentos de la Administración aragonesa sobre la legalidad del gravamen.

La primera sentencia se refiere a la instalación hidroeléctrica de Lanuza, por la que la compañía solicitaba recuperar 831.881,25 euros. La segunda aborda el aprovechamiento hidroeléctrico vinculado al embalse de Canfranc, con una reclamación de 90.127,85 euros. Ambas centrales se sitúan en el en el Pirineo aragonés.

Aunque se trata de procedimientos distintos, el tribunal aplica en ambos casos el mismo criterio jurídico, concluyendo que la compañía no logra que se cuestione la validez del impuesto ni que se le devuelvan las cantidades reclamadas.

El tribunal tampoco aprecia motivos para plantear una cuestión de inconstitucionalidad o una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE, como había solicitado Endesa.

Un impuesto ligado al impacto ambiental de los embalses

El centro de la disputa está en cómo se calcula este Impuesto Medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada y en si sus criterios responden realmente a una finalidad medioambiental.

El gravamen no se aplica por el mero hecho de que exista un embalse, sino a determinados usos y aprovechamientos del agua almacenada, entre ellos los destinados a la producción de electricidad. La controversia afecta, por tanto, a instalaciones hidroeléctricas que utilizan agua embalsada para generar energía.

Endesa cuestionaba que los parámetros empleados para calcular el impuesto —entre ellos, la altura de la presa y la capacidad del embalse— fueran indicadores suficientemente justificados del daño ambiental. A juicio de la empresa, esas variables no demostraban por sí solas el impacto que la actividad gravada podía provocar en el entorno.

La eléctrica que preside Gianni Vittorio Armani también discutía que los ingresos recaudados se destinaran efectivamente a actuaciones de protección o restauración medioambiental.

Según su argumentación, la falta de una afectación presupuestaria específica de la recaudación debilitaba la finalidad ambiental del tributo y apuntaba a que podía tratarse, en realidad, de una figura destinada principalmente a obtener ingresos para las arcas públicas.

Aragón rechaza el argumento de Endesa y defiende el objetivo ambiental del tributo

El TSJA rechaza estos argumentos y considera que los parámetros utilizados para determinar la carga fiscal guardan una relación razonable con el impacto ambiental asociado al aprovechamiento del agua embalsada.

El tribunal no aprecia motivos para concluir que los criterios empleados sean inadecuados por el hecho de que se basen en características físicas de las instalaciones, como la altura de la presa o la capacidad del embalse.

Las resoluciones también descartan que la ausencia de una asignación presupuestaria específica de los ingresos del impuesto baste para invalidarlo. El tribunal tiene en cuenta la existencia de programas y actuaciones medioambientales, y considera que la discusión sobre la afectación concreta de la recaudación no justifica anular el gravamen.

El resultado supone que Endesa no recuperará, por la vía de estos dos procedimientos, los 922.009,10 euros cuya devolución solicitaba por el pago abonado en el ejercicio 2023.

Recurso ante el Supremo

El tribunal aragonés tampoco considera necesario plantear una cuestión de inconstitucionalidad ni trasladar el asunto a la justicia europea si bien admite la posibilidad de interponer recurso de casación en el plazo de 30 días, de acuerdo con las condiciones recogidas en los propios fallos.

Endesa tiene así la posibilidad de recurrir los fallos del TSJA al Tribunal Supremo. Cabe destacar que la compañía ya ha ganado varias causas judiciales relacionadas con litigios fiscales en última instancia al acudir al Supremo.

La última a través de varias sentencias relacionadas con el Impuesto sobre el Carbón, donde se le reconoce el derecho a recuperar cantidades importantes relacionadas con el pago de un impuesto de carácter medioambiental en diferentes años.

En total, Endesa recibió vía libre el pasado julio para recuperar 65 millones de euros en tributos más intereses de demora que pagó como operador de centrales térmicas de carbón del país, con instalaciones como As Pontes (A Coruña), Litoral (Carboneras, Almería), Compostilla (León) y Andorra (Teruel).

Historias como esta, en su bandeja de entrada cada mañana.

O apúntese a nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta

SUSCRÍBETE A ECONOMÍA DIGITAL

Regístrate con tu email y recibe de forma totalmente gratuita las mejores informaciones de ECONOMÍA DIGITAL antes que el resto

También en nuestro canal de Whatsapp