Esto es lo que te queda de pensión si ya has cotizado 35 años

Para percibir la prestación, es necesario haber cotizado 15 años como mínimo a la Seguridad Social

Las novedades que introduce la reforma de las pensiones perjudican a algunos colectivos. Pixabay.

Las novedades que introduce la reforma de las pensiones perjudican a algunos colectivos. Pixabay.

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Un factor esencial a la hora de solicitar la jubilación son las cotizaciones a la Seguridad Social, pero también para concretar el importe que se percibirá una vez se finalice la vida laboral. Y es que, en función de los periodos durante los cuales se haya cotizado se puede optar a la jubilación en la modalidad contributiva o no contributiva.

Como mínimo, para percibir la jubilación en la modalidad no contributiva, es necesario haber cotizado a lo largo de 15 años, dos de los últimos deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.

No obstante, para cobrar la prestación en la modalidad contributiva se debe haber cotizado a la Seguridad Social a lo largo de 37 años y seis meses, si se solicita la jubilación con 65 años. Sin embargo, si se cuenta con un periodo de cotización menor, se debe contar con una edad superior a los 66 años y dos meses.

La razón tras esta diferencia en las cotizaciones exigidas radica en la reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en el verano de 2011, que estableció un incremento paulatino de la edad de jubilación en un marco de 15 años que finalizarán en 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años.

Calcular la cuantía de la pensión de jubilación

De la misma forma que la edad necesaria para optar a la jubilación va aumentando progresivamente cada año, también lo hacen los periodos de cotización.

Imagen de dos jubilados en un banco./ Pixabay

Si bien en 2013, se tomaban las bases de cotización de los últimos 16 años, que correspondían a 192 y se dividían entre 224, este año se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años, de manera que la base reguladora es el resultado de dividir 300 entre 350.

Según los periodos durante los cuales se haya cotizado a la Seguridad Social, la persona interesada en percibir la pensión de jubilación podrá acceder a un porcentaje concreto de la base reguladora calculada previamente. Cabe destacar que la base reguladora, la cifra que se obtiene a partir del cálculo de las bases de cotización, es fundamental para calcular la cuantía de la prestación.

Las personas que hayan cotizado durante 15 años, el mínimo exigido para percibir la pensión de jubilación, podrán cobrar el 50% de la base reguladora o la cuantía mínima de la prestación aplicando el complemento a mínimos.

Mientras que por cada uno de los siguientes 49 meses se añadirá un 0,21% a la base reguladora, por cada uno de los siguientes 209 se sumará un 0,19%. Por tanto, si se ha cotizado durante 31 años a la Seguridad Social se obtendrá una base reguladora del 88,60%.

Economía Digital

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