Esta subvención del SEPE es el último recurso de los parados sin ayudas

Si bien el paro es una de las ayudas más conocidas entre las personas que se encuentran sin empleo, el SEPE cuenta con otras prestaciones a las que también se puede acceder

La cuantía del subsidio equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Foto: Freepik.

La cuantía del subsidio equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Foto: Freepik.

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Encontrarse sin empleo es una situación compleja. Por ese motivo, existe un amplio abanico de ayudas públicas dirigidas a este colectivo, para paliar la pérdida de ingresos que comporta no tener un trabajo.

Si bien entre las más conocidas se encuentra la prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro, conviene tener en cuenta que se ofrecen otras prestaciones, como el subsidio extraordinario por desempleo.

¿Quién lo puede pedir?

Las personas interesadas en cobrar la ayuda pueden hacerlo en función de su situación. Concretamente, pueden formalizar la solicitud si han agotado el paro y el resto de ayudas que puedan cobrar tanto por su situación económica como familiar.

Pueden solicitar la ayuda las personas que hayan agotado el paro y el resto de ayudas. Foto: Pixabay.
Pueden solicitar la ayuda las personas que hayan agotado el paro y el resto de ayudas. Foto: Pixabay.

Para cobrarlo se debe tener una edad inferior a la que permite acceder a la pensión de jubilación, así como ingresar rentas mensuales por debajo del 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) y acreditar responsabilidades familiares.

Si ya se ha cobrado previamente el subsidio, no se puede volver a percibir

Cabe destacar que no podrán percibir la ayuda las personas que no hayan cobrado anteriormente el subsidio, o bien, hayan ingresado previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

¿Cuánto se cobra?

La cuantía del subsidio equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). El organismo que gestiona la concesión y el pago de la ayuda, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) formaliza el pago de la ayuda entre los días 10 y 15 de cada mes.

La ayuda, que se ingresa en la cuenta bancaria que haya especificado el solicitante, se cobra durante un máximo de 180 días y no se puede percibir más de una vez.

Además, se puede compatibilizar con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, si se continúan acreditando los requisitos de carencia de rentas y de responsabilidades familiares.

¿Cómo se solicita?

Para solicitar el subsidio se debe entregar un conjunto de documentación. Tras acreditar la identidad tanto del solicitante como de los hijos que conviven o están a su cargo, se deberá presentar el modelo de solicitud, que incluye el compromiso de actividad.

Para formalizar la petición, se debe presentar el modelo de solicitud, que incluye el compromiso de actividad. Foto: Freepik.
Para formalizar la petición, se debe presentar el modelo de solicitud, que incluye el compromiso de actividad. Foto: Freepik.

También será necesario facilitar un documento en el que figure el número de cuenta bancaria en el que sea titular y donde quiera cobrar la prestación económica.

Asimismo, se deberá entregar el libro de familia o certificación del registro civil de nacimiento o de familia y, si la entidad gestora lo requiere, el justificante de rentas.

En el caso de que se alegue como carga hijos mayores de 26 años discapacitados, será necesario aportar un certificado de discapacidad y del grado reconocido.

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