Jubilación activa: qué es y cuánto se cobra

La jubilación activa es una de las modalidades a las que se pueden acoger las personas que comienzan a pensar en el retiro de la vida laboral

Las personas con intención de jubilarse cuentan con varias opciones. Foto: Freepik.

Las personas con intención de jubilarse cuentan con varias opciones. Foto: Freepik.

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Las personas que están sopesando jubilarse cuentan con un amplio abanico de posibilidades, que arranca en la jubilación ordinaria y pasa por distintas modalidades como la jubilación anticipada, jubilación parcial, la jubilación flexible o la jubilación activa, cada una con distintos requisitos y características.

A través de la jubilación activa el Gobierno no solo se propone favorecer el alargamiento de la vida laboral, sino también reforzar el sistema de la Seguridad Social y aprovechar los conocimientos y la experiencia de los empleados que optan ella. Descubre en qué consiste, qué condiciones hay que reunir y la cuantía de este tipo de jubilación.

Qué es

La jubilación activa es una alternativa que permite compatibilizar el cobro de la prestación económica de carácter contributivo con la realización de cualquier tipo de trabajo, independientemente de que sea por cuenta ajena o propia, así como a tiempo completo o parcial.

La jubilación activa permite compatibilizar la pensión con el desarrollo de cualquier tipo de actividad laboral

Durante el periodo en el que el trabajador se acoge a la jubilación activa continúa cotizando a la Seguridad Social. Eso sí, cotizará por incapacidad temporal y contingencias profesionales, pero no para sumar años a su vida laboral que le permitan engrosar el importe a percibir por la prestación por jubilación.

Una persona mayor realiza un trámite con el ordenador. Foto: Freepik.
Quienes se jubilan de forma activa cotizan por incapacidad temporal y contingencias profesionales. Foto: Freepik.

A la vez, se le añade una cotización de solidaridad de carácter especial que asciende al 9% no computable para las pensiones, si bien el caso de los trabajadores por cuenta ajena el empleador asume el 7% y el empleado el 2% del porcentaje mencionado.

Requisitos

Las personas que tengan intención de acogerse a este tipo de jubilación habrán de reunir algunas condiciones. Una de ellas tiene que ver con la edad, puesto que es indispensable haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, que este año se sitúa en los 66 años y seis meses, siempre y cuando se haya cotizado por un periodo mínimo de 38 años.

Para solicitar la jubilación activa es imprescindible haber cumplido la edad legal de jubilación y contar con las cotizaciones necesarias

De la misma manera, quienes cuenten con cotizaciones superiores a los 38 años, podrán acceder a la jubilación ordinaria y la jubilación activa con una edad inferior, concretamente, a los 65 años, tal y como desgrana la Seguridad Social en su página web. Para optar a esta modalidad también es necesario que haya pasado, como mínimo, un año desde que se alcanzó la edad ordinaria de jubilación.

Una persona mayor utiliza el ordenador. Foto: Freepik.
Para acceder a la jubilación activa se debe cumplir con los requisitos de edad y cotizaciones. Foto: Freepik.

No se deberá perder de vista que no podrán solicitar la jubilación activa aquellas personas que se hayan beneficiado de las bonificaciones o anticipaciones a su edad de jubilación. Los interesados, además, deberán haber cotizado durante el periodo suficiente para tener derecho a recibir la totalidad del importe de la pensión.

Cuánto se cobra

A lo largo del periodo en el que se perciba la pensión, la cuantía de la prestación asciende al 50% del importe reconocido inicialmente, si bien el beneficiario continuará disfrutando de las revalorizaciones que se acometan anualmente.

En algunos casos, los beneficiarios de la jubilación activa pueden elevar la cuantía al 100%

No obstante, si la persona que se jubila de forma activa es un autónomo y contrata a un trabajador para desarrollar su actividad podrá obtener la totalidad de la prestación pública.

Conviene tener en cuenta que durante el tiempo que se cobre la pensión no se podrá pedir el complemento a mínimos, mientras se compatibilice con una actividad laboral.

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