Urbas incluye en su plan de viabilidad promociones invalidadas por el Tribunal de Justicia de Andalucía

Urbas se encuentra en concurso de acreedores desde principios de año y trata de sacar adelante una propuesta de convenio en situación límite.

Sede de Urbas

Sede de Urbas

Urbas ha incluido en su plan de viabilidad promociones que han sido invalidadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por no cumplir la compañía con los requisitos exigibles para llevarlas a cabo, y por las que recibió más de dos millones de euros en subvenciones.

El grupo inmobiliario y de construcción, declarado en concurso de acreedores a principios de año, presentó la pasada semana ante la CNMV informe actualizado de su plan de viabilidad.

En dicho plan incluye 15 promociones en desarrollo que, asegura, permitirían ingresos de 389 millones de euros con la entrega de 1.700 viviendas en total en un periodo de cinco años.

Entre esas promociones se encuentran cinco promociones, dos en Granada y otras tres en Alcalá de Guadaira (Sevilla), que, según el documento publicado en CNMV, son desarrolladas por la sociedad Alandalus Real Estate Gestión de Patrimonios, filial de Urbas.

Las cinco promociones de Alandalus Real Estate, según el plan de viabilidad del grupo presidido por Juan Antonio Acedo, contemplan la construcción de más de 700 viviendas que generarían ingresos superiores a los 100 millones de euros.

Juan Antonio Acedo, presidente y primer accionista de Urbas.
Juan Antonio Acedo, presidente y primer accionista de Urbas.

Urbas informó el 30 de diciembre de 2021 a la CNMV haber adquirido la empresa Alandalus Real Estate Gestión de Patrimonios, domiciliada en Sevilla, «con varios proyectos en marcha en el sector de la vivienda protegida en Andalucía«. La empresa adquirida, informó Urbas, «tiene en distintas fases en desarrollo proyectos para levantar 620 viviendas destinadas al alquiler en Sevilla y Granada».

Sin embargo, en julio de 2023, la Consejería de Fomento Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía declaró que Alandalus Real Estate Gestión de Patrimonios «no reúne los requisitos para ser promotor de viviendas, por lo que las condiciones iniciales que se valoraron para la concesión de la subvención han cambiado (…)».

Además, la Junta advirtió que Alandalus Real Estate Gestión de Patrimonios «ha incumplido las condiciones exigidas por el órgano concedente para ser beneficiaria de la subvención, y no ha comunicado en plazo las alteraciones de las condiciones iniciales exigidas para la concesión de la subvención», para el desarrollo de vivienda protegida en terrenos situados en Granada.

La Junta reclama a la compañía de Urbas el reintegro de 2,39 millones de euros, más intereses de demora, «devengados desde la fecha del pago de la subvención».

La filial de Urbas, ha subrayado la Junta de Andalucía, «no sólo no aportó el título de propiedad de la parcela», sino que, además, «ni siquiera llegó a ejercer la opción de compra (…) lo que supone que no ostente siquiera dicho título».

Ello supuso, ha añadido en documentación judicial consultada por este diario, «que la entidad, careciendo de titularidad sobre los terrenos, tampoco pudiera iniciar las obras dentro del plazo de seis meses a que se había condicionado en la Resolución de concesión (ni tampoco con posterioridad, al haber quedado sin efecto la opción de compra)».

Sobre este asunto la compañía, con la que se ha puesto en contacto Economía Digital, asegura que todas las promociones de vivienda protegida «son viables y por supuesto Urbas tiene toda la intención de ejecutarlas».

La filial de Urbas ha tratado de impugnar la resolución de la Junta de Andalucía de 2023 invocando el principio de proporcionalidad.

El pasado mes de abril la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó una sentencia contundente frente a la pretensión de Alandalus Real Estate de impugnar la resolución de la Junta.

«Los incumplimientos están acreditados y no han sido ni siquiera desmentidos en la demanda», dice la sentencia del pasado mes de abril.

«Por otra parte, ante la variedad y gravedad de los incumplimientos y ante la realidad de que no ha existido, ni por asomo, una actividad inequívocamente dirigida a la satisfacción de sus compromisos por parte de la actora, es del todo improcedente la aplicación de este principio [el principio de proporcionalidad]».

«El recurso, no puede ser estimado«, dicta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que condena en costas a la filial de Urbas.

Urbas, situación límite

Urbas trata de sacar adelante una propuesta de convenio, en base a su plan de viabilidad, que evite la liquidación. La compañía se encuentra en una situación límite, con la cotización suspendida, en concurso desde principios de año, enfrentado con la administración concursal y su auditor, con cuentas no auditadas, y con litigios pendientes de cientos de millones de euros.

La compañía admite el riesgo de que el pasivo supere los 450 millones de euros como consecuencia principalmente de los procedimientos abiertos con el fondo RS Lender, con el que mantiene una disputa judicial millonaria en juzgados de Madrid, Reino Unido y Luxemburgo.

El grupo con sede en Madrid advierte que en un escenario de liquidación «no existe garantía alguna de que su adecuada defensa pueda mantenerse como hasta ahora».

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