Atención autónomos: Estas son los cambios en la declaración de la Renta 2023-2024

Toda persona dada de alta como autónoma en algún tiempo del ejercicio anterior debe presentar la declaración

mujer autonoma con su telefono conversando

Foto: Freepik

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) detalla que todas las personas dadas de alta como autónomas en algún tiempo del ejercicio anterior deben presentar de forma obligatoria la declaración y ya no solo las que recibieron una cantidad neta igual o inferior a 1.000 anuales.

Sobre este cambio, la secretaria general de la UATAE, María José Landaburu, sostiene que «los gastos de difícil justificación, que son los que permitían una deducción aplicable sin necesidad de justificar ese importe de gastos, pasan a ser el 7% del rendimiento neto, incrementándose desde el 5% vigente el año pasado”. Sin embargo, se ha mantenido el límite máximo de 2.000 euros.

Por otro lado, el grupo ha elaborado una guía para apoyar y orientar a los trabajadores por cuenta propia, un documento que aborda las cuestiones más importantes para los autónomos. «Nos preocupamos por proporcionar recursos y asesoramiento práctico que contribuya al desarrollo de la actividad económica del conjunto del colectivo», afirma Landaburu.

Otra novedad: rebajas del IVA

Según la guía de UAETEA, hasta el 30 de junio se mantiene las rebajas del IVA del 4% al 0% en los productos de primera necesidad debido al contexto de la crisis bélica. Dentro de estos, se incluyen harinas, pan, huevos, frutas, verduras, queso, patatas y cereales.

De igual forma el IVA seguirá del 10% al 5% en productos básicos como las semillas, la pasta y los aceites de oliva. Ambas medidas tienen como objetivo continuar abaratando la cesta de la compra de las consumidores.

Por último, Landaburu menciona que para este año se prevé que «se apruebe el nuevo régimen de franquicia de IVA, que entraría en vigor en el año 2025, y que implicará la exención de repercutir IVA en las facturas a aquellos autónomos que obtengan unos ingresos inferiores a 85.000 euros, aunque este umbral puede variar, y voluntariamente se acojan a este régimen».

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta