Advertencia de la DGT: por llevar esto en el retrovisor te pueden multar con 200 euros

Hay varias infracciones que muchas personas desconocen, como el llevar objetos que pueden interferir en la visión de los conductores

La DGT advierte: cuidado con llevar estos objetos en el retrovisor. Foto Canvas

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Hay infracciones conocidas por todos, como saltar un semáforo en rojo, superar el límite de velocidad o no ceder el paso a peatones.

Pero hay otras que son ignoradas o poco conocidas por los conductores, que se pueden considerar como faltas leves, pero que igualmente implican una sanción económica.

Por ello, es bueno que periódicamente se consulte la web de la Dirección General de Tráfico para conocer aquellas infracciones que se pueden cometer de forma involuntaria.

Aviso de la DGT: por llevar esto en el retrovisor te pueden multar con 200 euros

Una de las infracciones poco conocidas pero con la que hay que estar alerta es llevar un objeto colgante en el retrovisor.

El retrovisor y el parabrisas tienen que estar despejado de objetos. foto Freepik

Son los famosos ambientadores, esos pequeños frascos o plásticos aromáticos que suelen ser un regalo de los locales que limpian coches, o de los talleres mecánicos.

También son comprados por los conductores que buscan que su coche tenga mejor aroma, sobre todo si quienes viajan suelen ser fumadores.

Pero llevar este objeto colgando del retrovisor está prohibido, y los agentes de tráfico puede librar multas por hasta 200 euros.

Llevar un ambientador, pero también un rosario o un peluche colgando del retrovisorse puede tener una sanción de hasta 200 euros

La DGT recuerda que llevar este pequeño ambientador puede ser motivo de multa. Foto Paul Michea – Pixabay

Qué dice el Reglamento de Circulación

El motivo es que puede dificultar la visión del conductor. Así se especifica en el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, que dice que la superficie del parabrisas no debe tener “interferencias de láminas o adhesivos”.

Este principio vale también para los que llevan otros objetos colgando del retrovisor, como rosarios, pequeños muñecos de peluches o adornos.

Asimismo, sirve para recordar que excepto un par de adhesivos que certifican la IVT del vehículo, está prohibido obstruir la visión con otras pegatinas; principio que también vale para la luneta trasera, que tampoco tiene que estar obstruido con chaquetas o equipaje.

En esta parte del coche ese reglamento indica que solo se permiten láminas adhesivas o cortinillas contra el sol, pero una vez más, que no interfieran con el campo de visión del conductor.

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