Jubilación: cómo puedes obtener un pago extra de 12.000 €

Las personas que están dispuestas a retrasar la edad de jubilación cuentan con la opción de recibir un importe adicional por parte de la Seguridad Social

La cuantía de la pensión de jubilación varía en función de la edad de solicitud y las cotizaciones a la Seguridad Social: Foto: Freepik.

La cuantía de la pensión de jubilación varía en función de la edad de solicitud y las cotizaciones a la Seguridad Social: Foto: Freepik.

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Si quieres jubilarte este año, has de tener en cuenta que la edad legal establecida es de 66 años y cuatro meses, siempre y cuando hayas cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo de 37 años y nueve meses. Incluso, si dispones de cotizaciones mayores podrías adelantar esta etapa hasta los 65 años.

A medida que pasan los años, los requisitos exigidos para jubilarse se van endureciendo. El motivo es la reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, que introdujo un incremento progresivo de la edad de jubilación hasta 2027, cuando alcanzará los 67 años.

En relación con la cuantía, las personas que se jubilan con más de 65 años pueden llegar a percibir hasta 966,19 euros, si tienen un cónyuge a cargo, mientras que si no tienen cónyuge cobran 783,04 euros y si tienen un cónyuge no a cargo tienen derecho a 743,22 euros.

La jubilación demorada, activa, flexible o parcial son algunas de las opciones para atrasar la edad de jubilación. Foto: Freepik.
La jubilación demorada, activa, flexible o parcial son algunas de las opciones para atrasar la edad de jubilación. Foto: Freepik.

El montante de la pensión disminuye para los beneficiarios de una pensión de jubilación con menos de 65 años. Los que perciben un importe más elevado son los que tienen un cónyuge a cargo, que cobran 905,87 euros. Le siguen los jubilados sin cónyuge, con un montante de 732,60 euros, y los que tienen un cónyuge no a cargo, con una cuantía de 692,45 euros.

Así puedes conseguir 12.000 euros extra

Una manera de incrementar el importe a percibir es la jubilación demorada, que consiste en retrasar la edad de jubilación. Pueden optar a ella tanto los trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena. Eso sí, es necesario haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.

Para solicitarla, será necesario haber cotizado durante un periodo mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Asimismo, es indispensable tener una edad inferior a los 70 años de edad, pero no haber cumplido la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.

En cualquier caso, conviene tener en cuenta que la jubilación demorada es incompatible con otras modalidades como la jubilación activa, la flexible, la parcial y la anticipada. Además, si ya cobras la pensión máxima, no hay posibilidades de aumentarla con complementos por jubilación demorada.

De esta manera, las personas que decidan prolongar su vida laboral y posponer la jubilación obtienen un complemento económico cuando comienzan a percibir la prestación económica.

Concretamente, pueden solicitar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un incremento del importe de la pensión.

También pueden obtener en el momento de la jubilación una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente.

Asimismo, es posible combinar estas dos opciones, disminuyendo el abono a tanto alzado y sumando el porcentaje a la futura base reguladora.

Economía Digital

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