La desconocida etiqueta medioambiental de la DGT que te interesa

Se trata de la etiqueta V-26 para vehículos compartidos y es obligatoria en ciertas ciudades, como Madrid

Coches aparcados en una ciudad.

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La normativa del Reglamento General de Vehículos establece que los vehículos deben incorporar distintivos ambientales para, según la DGT, «discriminar positivamente» a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente.

Si bien la obtención y colocación del distintivo es voluntaria de forma genérica, en algunas ciudades como Madrid es obligatorio y debe colocarse adhiriendo la pegatina en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. En su defecto (en el caso de motocicletas), en cualquier sitio visible del vehículo.

Existen cinco categorías según la calificación ambiental del vehículo: los vehículos 0 emisiones, los vehículos ECO, los vehículos C, los vehículos B y los vehículos A. Los cuatro primeros pueden recibir pegatina de distintivo ambiental, mientras que el último no tendrá derecho a pegatina por ser el más contaminante.

Etiqueta para vehículos compartidos

No obstante, más allá de estos distintivos ambientales, esta orden publicada en julio de 2018 en el BOE creó otra pegatina: el distintivo de uso compartido, denominado V-26. Esta pegatina se usa para indicar que el vehículo es de uso compartido y está destinada, según el reglamento, “al alquiler sin conductor que se dedica a un uso concatenado e intensivo por un número indeterminado de usuarios dentro de una zona de servicios delimitada”. Además, los vehículos deben estar disponibles a través de una plataforma tecnológica para ser utilizados en cualquier momento por los clientes mediante el empleo de aplicaciones móviles.

Etiqueta V-26 de vehículo compartido de la DGT

Según detalla el reglamento, los vehículos de uso compartido suponen un complemento de los sistemas de transporte público urbano e introducen una mayor eficacia en el empleo del vehículo, reduciendo la congestión del tráfico, la ocupación de la vía pública y las emisiones contaminantes.

Por ello, ante este modelo de movilidad que se está implantando de manera creciente en nuestras ciudades y áreas metropolitanas/periurbanas, «se hace necesaria su previsión en la norma para facilitar a las correspondientes autoridades, herramientas de discriminación positiva en la aplicación de políticas de gestión del tráfico y movilidad, o medioambientales». Esta pegatina no es obligatoria de forma genérica, es solo informativa, aunque sí recomendable en los vehículos de carsharing y obligatoria en ciertas ciudades, como Madrid.

Economía Digital

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