Manuel se libra de 848.294,89 euros de deuda gracias a la gestión de la empresa de ‘Los Morancos’

El segundo plazo permite abonar el 40% restante de la deuda sin intereses si se cumple el plazo. Foto: Carlos Luján / Europa Press

El segundo plazo permite abonar el 40% restante de la deuda sin intereses si se cumple el plazo. Foto: Carlos Luján / Europa Press

La cancelación de una deuda de más de 800.000 euros en Sevilla, según recoge el portal Libres de Deuda, se produce al amparo de la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal que permite a personas físicas y autónomos liberarse de cargas financieras inasumibles. 

El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Sevilla ha acordado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) de un cliente, que había acumulado una deuda de 848.294,89 euros a la que no podía hacer frente.

La Ley de la Segunda Oportunidad entró en vigor en 2015 y ha sido actualizada para facilitar la cancelación total o parcial de deudas personales, comerciales o bancarias, siempre que el solicitante cumpla estrictos requisitos de buena fe y transparencia.

Su principal objetivo es ofrecer un nuevo comienzo a personas atrapadas en espirales de impagos, evitando el embargo de bienes esenciales y la exclusión financiera.

En Sevilla, esta legislación ha adquirido especial relevancia en los últimos años, con una notable proliferación de casos de exoneración judicial. En 2025, han sido más de 20 los sevillanos que han visto condonadas deudas superiores a 3,7 millones de euros en conjunto, según medios locales y asociaciones especializadas.

La dinámica se explica por el incremento de insolvencias derivadas de crisis empresariales, reducciones salariales y situaciones sobrevenidas como enfermedades o divorcios.

Los despachos especializados en la provincia gestionan el proceso de solicitud de cancelación, que incluye la recopilación de documentación financiera, la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Mercantil y el seguimiento jurídico hasta la resolución.

Organizaciones como la Asociación Ayuda al Endeudamiento han conseguido ya 16 exoneraciones en lo que va de año, consolidando la ley como alternativa eficaz frente al sobreendeudamiento honesto.

Procedimiento para la cancelación de deuda

Para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es imprescindible demostrar insolvencia real, acreditar no haber solicitado el mismo recurso en los últimos 10 años y haber intentado llegar a acuerdos extrajudiciales de pago con los acreedores, aunque tras la reforma de 2022 se agilizan los trámites judiciales y se elimina la obligatoriedad de mediación previa.

El solicitante no puede superar un umbral patrimonial de cinco millones de euros, ni tener condenas por delitos económicos o actuar de mala fe.

El proceso puede culminar en dos vías: cancelación total de la deuda mediante liquidación de bienes —con ciertas excepciones como pensiones alimenticias y deudas públicas superiores a los límites legales—, o aprobación de un plan de pagos para la fracción no exonerada.

Tras conseguir el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), el beneficiario queda libre de reclamaciones judiciales y embargos, y puede reiniciar su vida financiera.

En muchos casos, las deudas exoneradas en Sevilla incluyen préstamos personales, créditos revolving, hipotecas fallidas y descubiertos bancarios, sumando montantes de decenas y cientos de miles de euros.

Expertos legales destacan que la ley no es un recurso para eludir responsabilidades, sino una herramienta que protege el derecho a rehacer la vida económica tras un fracaso empresarial o doméstico. 

La inclusión de límites de deuda pública cancelable y la flexibilización de los procedimientos han favorecido su implantación, aunque el proceso sigue exigiendo la asistencia de profesionales y la demostración de buena fe.

Las cifras confirman el fuerte crecimiento de exoneraciones en los últimos años, así como el papel protagonista de Andalucía y Sevilla en la aplicación judicial de la ley

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