Atención desempleados: estos son los requisitos para cobrar casi 1.600 euros de paro

La cuantía del seguro del paro depende de los aportes realizados y de la situación familiar del beneficiario

El seguro del paro se gestiona en las oficinas de empleo. Foto EFE

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El seguro de desempleo es la cobertura económica que tienen todos los trabajadores cuando, ya sea por un despido o por la desaparición de su fuente de trabajo, se queda sin empleo y sin recursos económicos para afrontar sus gastos.

Para cobrar la prestación contributiva por desempleo hay que estar incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, en regímenes especiales como el de Minería de Carbón o el de Trabajadores del Mar, o en el Sistema Especial Agrario.

También pueden acceder a esta pensión los socios de cooperativas de trabajo, las personas penadas liberadas de prisión, los emigrantes retornados, las personas extranjeras residentes en España que sean demandantes de empleo, los funcionarios y el personal contratado de la administración pública, los militares de complemento, los miembros de corporaciones locales y juntas generales, los cargos de sindicatos y los altos cargos de administraciones públicas.

Cabe recordar que con el seguro del paro también se cotiza a la Seguridad Social para las pensiones por jubilación, incapacidad permanente y de la asistencia sanitaria.

Los trabajadores en el paro pueden cobrar la cuantía máxima bajo ciertos requisitos. Foto Canvas

Estos son los requisitos para cobrar casi 1.600 euros de paro

Para cobrar la cuantía máxima del paro hay que haber sido trabajador por cuenta ajena y haber cotizado al menos durante un año.

Este seguro se debe solicitar en las Oficinas de Empleo, de forma telemática o presencial, en los 15 días hábiles desde que se produce la situación de desempleo, donde se suscribe el compromiso de actividad.

Si el paro se solicita más tarde de los 15 días hábiles se pierde una parte proporcional del seguro, pero no el derecho a cobrarlo

En caso que se solicite fuera de plazo se pierde la parte proporcional del retraso, pero se mantiene el derecho a cobrar este seguro.

Los porcentajes de la base reguladora

El tiempo que se puede percibir esta ayuda depende de los períodos de cotizaciones registrados.

Según se establece en un Real Decreto Legislativo de 2015, durante los 180 primeros días de desempleo se cobrará el 70% de la base reguladora; y a partir del día 181 se percibe el 60%.

GRAF7320. MADRID, 02/07/2019.- Vista del exterior de una oficina de empleo en Madrid. El número de parados registrados en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se redujo en 63.805 personas durante junio, marcando el menor recorte en ese mes desde 2009. De acuerdo con los datos publicados este martes por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el número total de desempleados se situó en 3.015.686, la cifra más baja desde noviembre de 2008, tras salir de las listas del paro 146.476 personas en el último año (con un ritmo de reducción del 4,63 %). EFE/Javier Lizón
El paro se debe gestionar en los 15 días hábiles al despido. EFE/Javier Lizón

La cuantía depende de los aportes realizados y de la situación familiar del beneficiario del seguro. Teniendo en cuenta que el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple) es el índice usado por el Gobierno para conceder ayudas y subvenciones, el seguro del paro se otorga bajo un porcentaje de ese parámetro, que actualmente se encuentra en los 600 euros mensuales.

Así, estas son las cuantías del seguro del paro, donde en la escala máxima se puede llegar a cobrar 1.575 euros.

  • Cuantía mínima sin hijos/as (80 % del IPREM): 560 euros mensuales.
  • Cuantía mínima con 1 hijo/a o más (107 % del IPREM): 749 euros mensuales.
  • Cuantía máxima sin hijos/as (175 % del IPREM): 1.225 euros mensuales.
  • Cuantía máxima con 1 hijo/a (200 % del IPREM): 1.400 euros mensuales.
  • Cuantía máxima con 2 hijos/as o más (225 % del IPREM): 1.575 euros mensuales.
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