Pensiones: estos son los años que tienes que cotizar a partir del 2023 si quieres cobrar el 100%

Te explicamos cuántos años deberás tener cotizado el próximo año para cobrar el 100% de la pensión de jubilación

Las novedades que introduce la reforma de las pensiones perjudican a algunos colectivos. Pixabay.

Las novedades que introduce la reforma de las pensiones perjudican a algunos colectivos. Pixabay.

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La edad para acceder a una pensión contributiva se incrementa cada año en España desde 2013, cuando era de 65 años. La reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en el verano de 2011, estableció un incremento paulatino de la edad de jubilación en un marco de 15 años que finalizarán en 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años.

Así, en 2023, las personas que quieran jubilarse deberán tener 65 años y 37 años y 9 meses cotizados o haber cumplido 66 años y 4 meses si se tienen menos años cotizados.

Dicho incremento de la edad ordinaria, se fijó en un marco de 15 años que finalizarán en 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años. Sin embargo, la edad de acceso a la pensión de jubilación pública depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral.

Años cotizados para obtener el 100% de la pensión en 2023

A parte de la edad, otro aspecto que debe tener en cuenta el trabajador es que para poder jubilarse y acceder a la pensión contributiva es necesario tener un periodo mínimo cotizado. Así, además de cumplir una determinada edad, es necesario contar con un mínimo de 36 años y medio de cotización o más para obtener el 100% de la pensión en 2023. Entre 2023 y 2026, por cada mes del 1 al 46 se dará un 0,21% de la base reguladora, y del 47 al 258 se dará un 0,19%.

Pensiones. Pixabay.

El cálculo de la pensión de jubilación parte de la base reguladora de la misma. A partir de este año, la base reguladora es el cociente que resulta de dividir por 350 las bases de cotización del interesado durante los 25 años inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.

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