Declaración de la Renta 2025: el día exacto en que empieza la campaña
El plazo para presentar la Renta 2025 varía en función de la modalidad elegida para trasladar el borrador
La campaña de la Renta 2025 arrancará en tan solo unas semanas. A pesar de que la presentación de la declaración ante el fisco es un trámite que un grueso considerable de los contribuyentes realiza cada año, habitualmente surgen dudas en torno a los plazos, los requisitos o las vías de presentación de la documentación.
En cualquier caso, conviene tener en cuenta el calendario fijado por las autoridades fiscales para evitar la interposición de sanciones y garantizar que se presenta la documentación en plazo.
Cuándo comienza la Declaración de la Renta
Según se desprende del calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, las fechas para realizar la Declaración de la Renta varían en función de la modalidad elegida y son las que figuran a continuación:
- Presentación por internet: del 8 de abril al 30 de junio.
- Presentación por teléfono: del 6 de mayo al 30 de junio.
- Presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria: del 1 de junio al 30 de junio.
Quienes tengan intención de formalizar el trámite por teléfono o presencialmente, deberán concertar cita previa a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o bien, llamando a los siguientes números de teléfono:
- 91 535 73 26
- 901 12 12 24
- 91 553 00 71
- 901 22 33 44
Consultar el borrador de la Declaración de Renta
El borrador de la Declaración de la Renta, así como los datos fiscales, se pueden consultar a lo largo de la campaña en la sede electrónica o la aplicación de la Agencia Tributaria. Para acceder, es necesario acreditar la identidad a través de:
- Certificado y DNI electrónico.
- Sistema Cl@ve Móvil.
- Número de referencia.
Para consultar el borrador de la Declaración de la Renta en la sede electrónica o la aplicación de la Agencia Tributaria
Los contribuyentes también podrán consultar el borrador a través de la aplicación «Agencia Tributaria», utilizando el sistema Cl@ve Móvil o el mencionado número de referencia.
Pago de la Declaración de la Renta
Los medios de pago de que dispone el contribuyente para ingresar la cuota tributaria son:
- Domiciliación bancaria.
- Pago mediante cargo en cuenta bancaria.
- Número de referencia completo (NRC)
- Tarjeta de débito o crédito
- Transferencia instantánea
- Documento de ingreso
Quién tiene que presentar la Declaración de la Renta
Los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores deberán presentar la Renta 2025.

También se encuentran en la obligación de rendir cuentas ante las autoridades fiscales quienes hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos.
Novedades en la Renta 2025
Una de las novedades de la campaña de la Renta 2025 atañe a los propietarios de animales de compañía. Algunas comunidades autónomas permitirán deducciones en la cuota autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) vinculadas a los gastos veterinarios.

Consecuentemente, quienes hayan llevado a su mascota al veterinario para vacunaciones, desparasitaciones o urgencias, podrán recuperar hasta un máximo de 100 euros al presentar la Declaración de la Renta.
También se podrán desgravar gastos de gimnasio y deporte en la Comunidad Valenciana, La Rioja y Andalucía. Los residentes en la Comunidad Valenciana podrán deducir el 30% de los gastos relacionados con prácticas saludables hasta un máximo de 150 euros, si bien el porcentaje escala hasta el 50% si se trata de una persona mayor de 65 años o con una discapacidad de más del 33%.
Las personas que paguen la cuota del gimnasio podrán desgravarse el importe en Comunidad Valenciana, La Rioja y Andalucía
La deducción en Andalucía es del 15% hasta un máximo de 100 euros, mientras que en La Rioja asciende al 30% hasta un límite de 300 euros de los gastos de la unidad familiar en servicios relativos al ejercicio físico, pero se eleva hasta el 100% para personas mayores y con discapacidad.