Declaración de la Renta: si eres propietario y tienes un inquilino moroso no olvides añadir esto

Aunque un propietario tenga inquilinos que pasen meses sin pagar la renta, tiene la obligación de declarar los supuestos rendimientos inmobiliarios

Los propietarios se encuentran ante una situación de indefensión impositiva ante inquilinos morosos

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Aunque un propietario tenga inquilinos que pasen meses sin pagar la renta, tiene la obligación de declarar los supuestos rendimientos inmobiliarios para poder obtener la declaración impositiva.

Mala noticia para los propietarios que tengan una vivienda en alquiler donde los inquilinos no paguen la renta mensual: igualmente tendrán que declararlo en la rendición tributaria.

El 3 de abril comenzó la declaración de la Renta, donde millones de españoles tienen que precisar sus ingresos por rendimientos del trabajo y por otras fuentes como pueden ser las inversiones o el alquiler de propiedades.

Declaración de la Renta. EFE/R. García
La campaña de la Renta se abrió el 3 de abril. EFE/R. García

Si un contribuyente recibe su renta de manera regular no tiene que haber sorpresas. Pero la duda surge sobre qué hacer cuando se tienen inquilinos morosos.

La inquiokupación, un fenómeno en auge

Según precisa el director de Estudios de Pisos.com, Ferran Font Blanch, los propietarios están obligados por ley a declarar todos los ingresos en la declaración de la Renta.

Pero en caso de tener situaciones de impago, se encuentran ante la paradoja de tener que precisarlos en el borrador de la Renta por más que no se haya recibido el dinero, excepto si se ha iniciado un proceso judicial.

Desalojo de una vivienda okupada en Villajoyosa (Alicante.). Foto Manuel Lorenzo – EFE

Se trata de un fenómeno denominado inquiokupación, juego de palabras donde se considera al inquilino que ha firmado un contrato y ha tenido períodos de pago puntuales a convertirse en un moroso, y en último término, ser un okupa de la propiedad.

En los últimos años crecen los casos de inquiokupación, inquilinos que pueden tener medios para pagar el alquiler pero se aprovechan de los huecos de la ley

Qué debes incluir en la Renta

Los rendimientos de alquiler se tienen que incluir en los apartados de la declaración de la Renta dedicados a los rendimientos del capital inmobiliario, donde tienen un tipo impositivo que varía entre 19% y el 47%; según los ingresos obtenidos.

Según explica Font, ante la morosidad del inquilino se puede considerar la deuda bajo el concepto de saldo dudoso, y deducirlo como un gasto necesario para poder obtener los rendimientos y seguir adelante con la declaración impositiva.

La única instancia en la que el propietario puede declarar la renta como un gasto es cuando, tras los seis meses de haber intentando cobrar por primera vez, “se haya iniciado un proceso judicial”. Ante esta situación, precisa este experto, se genera un cuadro de indefensión que empuja a muchos propietarios a evitar el mercado de alquiler.

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