Varapalo para Lufthansa: el TJUE declara inválido el rescate de 6.000 millones concedido por Alemania

El TJUE concluye que la Comisión se equivocó al fijar el marco temporal de ayudas adoptado durante la pandemia

Lufthansa

Archivo – Aviones de Lufthansa.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la aprobación de la Comisión Europea de la recapitalización por parte de Alemania de la aerolínea Lufthansa durante la pandemia de Covid-19, para la que el Ejecutivo alemán destinó un importe de 6.000 millones de euros.

En concreto, el alto tribunal desestima el recurso de casación presentado por la aerolínea alemana y avala una sentencia previa del Tribunal General, que ya había tumbado la autorización de Bruselas a estas ayudas estatales al considerar los servicios comunitarios que incurrieron en «diversos errores» al analizar el caso.

El TJUE concluye que la Comisión se equivocó al fijar el marco temporal de ayudas adoptado durante la pandemia, en particular en lo relativo a las condiciones de conversión en capital de parte de la ayuda pública, lo que basta por sí solo para justificar la anulación de la decisión.

Pese a esto, la corte europea ha matizado que el Tribunal General fue demasiado lejos en otros reproches a Bruselas, al realizar un control excesivamente «estricto» en ámbitos para los que la Comisión dispone de un amplio margen de apreciación «en contextos económicos complejos».

El caso se remonta a junio de 2020, cuando Berlín notificó a la Comisión Europea una ayuda pública por valor de 6.000 millones de euros para recapitalizar Deutsche Lufthansa AG, matriz de la aerolínea, con el objetivo de restablecer la posición patrimonial de liquidez de las empresas del grupo en el contexto excepcional de la pandemia.

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Un avión de la flota de Lufthansa aparcado en Teruel. Foto: Lufthansa

La ayuda se componía de tres partes: Una participación en el capital de aproximadamente 300 millones de euros, una participación sin voto no convertible en acciones de aproximadamente 4.700 millones de euros y una participación sin voto de 1.000 millones de euros con las características de una obligación convertible.

Bruselas concluyó, sin iniciar el procedimiento de investigación de la operación, que el plan era compatible con el marco temporal para ayudas de Estado adoptado para flexibilizar las reglas de la UE durante la pandemia para apoyar la economía durante la crisis del coronavirus.

Sin embargo, las aerolíneas Ryanair y Condor acudieron a la Justicia europea para recurrir la decisión de la Comisión Europea al considerar que la decisión no tuvo en cuenta requisitos y exigencias fijados por el propio marco temporal para ayudas de Estado.

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