El nuevo informe del CGPJ ve en la Ley de Vivienda un «problemático encaje» constitucional

Los jueces recuerdan que la política de vivienda es una competencia autonómica y denuncian que la nueva Ley de Vivienda "altera el entendimiento de la propiedad privada" e incluye un "farragoso" control de los precios de alquiler

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, al inicio de uno de los plenos del organismo que Unidas Podemos trata de deslegitimar EFE/Archivo

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, al inicio de uno de los plenos del organismo que Unidas Podemos trata de deslegitimar EFE/Archivo

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Nuevo varapalo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda que prevé aprobar el Gobierno. El Poder Judicial ve en la nueva Ley de Vivienda un «problemático encaje en el orden constitucional de competencias» al recordar que la política de vivienda es una materia de titularidad pública.

Así figura en el borrador del nuevo informe redactado por los vocales Enrique Lucas y José Antonio Ballestero, al que ha tenido acceso Economía Digital, previo a su deliberación en el Pleno del CGPJ este jueves día 27 de enero, después de que el Poder Judicial rechazara el primer informe formulado por el vocal y exdiputado socialista, Álvaro Cuesta, que avalaba la norma aunque detectaba «inconcreciones».

El nuevo borrador apunta que la norma contempla un aserie de directrices generales en el marco de la política de vivienda «imbuidas de un claro dirigismo de la actuación de las instituciones autonómicas y locales, de problemático encaje en el orden constitucional de competencias».

Señala el informe que la vivienda es «una materia de titularidad autonómica» y, por consiguiente, el anteproyecto ha de ceñirse al ámbito incidental de las competencias citadas, puede ser una ley sobre las condiciones básicas del derecho de la vivienda y de medidas sobre su promoción y protección, o, como dice su título, una ley por el derecho a la vivienda, pero no, en puridad, “la ley de vivienda” o “del derecho a la vivienda”.

Recuerda al respecto que las leyes autonómicas han regulado esa materia en sus diversas vertientes valiéndose, sin alterarlas, de las figuras del Derecho Civil y Procesal, delimitando la función social de la propiedad sobre la vivienda y previendo supuestos sujetos a expropiación forzosa».

También añade que las CCAA «elaboran y desarrollan planes, llevan a cabo promociones de viviendas públicas, gestionan sus parques de viviendas, inspeccionan, controlan y ejercen la potestad sancionadora en la materia, aprueban programas de ayudas para facilitar dicho acceso, especialmente para las personas más vulnerables; adoptan medidas de protección, fomentan la accesibilidad y la eficiencia energética; etc». 

Propiedad privada

En el informe, de 59 páginas, los jueces también señalan que lo preendido con la nueva Ley «supone una alternación del entendimiento de la propiedad privada de la vivienda y la parcial derogación del artículo 348 del Código Civil donde se sanciona que la propiedad es «el derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidas ene la s leyes».

«Una cosa es delimitar la función social de la propiedad, en cuanto a los deberes que comporta, y otra, al socaire de ello, regular el contenido de las facultades dominicales» argumentan los vocales del CGPJ, que agregan que «la satisfacción de la necesidad habitacional se funda muy mayoritariamente en la titularidad dominical de la vivienda que, a menudo constituye el principal activo de la familia de forma que puede resultar inoportuna la alteración de su estatuto básico, en momentos de crisis económica como la actual».

Ven esto «incongruente» porque «poco tiene que ver la necesidad de ordenación del suelo, con afectación decisiva al interés general, con la propiedad privada e individual de la vivienda donde frente al interés público prima el interés privado del propietario».

El «farragoso» control de los precios de alquiler

En lo relativo a las medidas de la nueva ley para la contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento de vivienda sostiene que «siendo tema constitucionalmente sensible, tiene un alcance limitado y un farragoso contenido». «Nacido coyunturalmente para combatir los efectos de la pandemia su generalización y mantenimiento para un momento en que haya decaído la causa determinante de su génesis quizás no resulte adecuada«, considera.

Por otro lado, advierte de que su «complejidad reglamentista» pudiera propiciar «no pocos procedimientos judiciales«. En este punto, apunta que resulta mucha más clara y efectiva la regulación de las limitaciones arrendaticias para los grandes tenedores del artículo 17.7 LAU.

A su vez, avisa de la carga patrimonial que conllevan estas medidas, especialmente ésta última disposición final, que «en ningún caso se afronta a costa de las administraciones públicas sino de los arrendadores privados no suficientemente compensados con los incentivos fiscales» de la disposición final segunda.

Y de nuevo pone de relieve el posible conflicto competencial desde el momento en que, por ejemplo, rige en Cataluña la Ley 11/2020 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, cuyas medidas «no son coincidentes con las contenidas en el anteproyecto«.

Los jueces defienden su función

Igualmente, señala que los artículos 17 (vivienda asequible incentivada) y 18 (declaración de zonas de mercado residencial tensionado) «ofrecen posibilidades de actuación a los poderes públicos en general y a las administraciones competentes en materia de vivienda, pero condicionando en detalle las reglas básicas a las que deben sujetarse con clara limitación de las facultades de organización y gestión de estas».

Ante las críticas del Gobierno, el Poder Judicial recuerda al Gobierno que el alcance de la función consultiva del CGPJ «no depende ni del interés ni e la voluntad del órgano que solicita el informe».

En este sentido, apunta que el Gobierno «carece de toda capacidad de disposición» en este aspecto porque ha de ceñirse a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuya interpretación es la que se ha expuesto y que ha venido siendo pacíficamente aceptada por los distintos gobiernos y hasta el momento presente».

Podemos critica el informe y el Gobierno cuestiona la «imparcialidad» del CGPJ

Las reacciones al informe no se han hecho esperar y la ministra de Derechos Sociales y líder de Podemos, Ione Belarra, ha criticado en su cuenta de Twitter los «intentos de frenar los derechos de los inquilinos» procedentes de una «reacción obsesionada por impedir el avance social y dificultar el cumplimiento de la Constitución».

El pasado viernes la propia ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, cuestionó la «imparcialidad» del CGPJ al afirmar que la no renovación del máximo órgano de los jueces desde diciembre del año 2018 “puede plantear alguna duda sobre la imparcialidad de sus informes”.

Días antes la coportavoz nacional y responsable de Vivienda de Podemos, Alejandra Jacinto, había señalado que “no es descabellado pensar que algo ha tenido que ver la mano invisible de las élites del ladrillo en este cambio de parecer dentro del CGPJ” para, frente a los intereses del bloque de investidura y las plataformas sociales, impedir el desarrollo de la Ley de Vivienda.

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