El Constitucional anula la ley expropiadora de pisos de Andalucía

El alto tribunal considera que sólo el Gobierno central tiene capacidad para limitar el derecho a la propiedad y para planificar la economía

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El Tribunal Constitucional ha aceptado el recurso del Gobierno contra la ley andaluza antidesahucios, que preveía la expropiación de viviendas vacías en manos de los bancos, y ha anulado los aspectos de esta norma que considera que invaden competencias exclusivas del ejecutivo central.

El pleno del tribunal de garantías, de este modo, ha tachado de inconstitucional parte del decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda.

Competencias exclusivas

El TC considera que la expropiación de dichas viviendas invade la competencia exclusiva del Estado en materia de «coordinación de la planificación general de la actividad económica».

La sentencia, que cuenta con los votos particulares de cuatro magistrados, entiende que el decreto-ley andaluz obstaculiza (con las expropiaciones) la eficacia de las medidas de política económica desarrolladas por el Gobierno.

Limitaciones sólo al alcance del Gobiernno central

Aunque el Constitucional acepta las razones de urgencia que expuso el Ejecutivo andaluz para legislar en esta materia a través de un decreto-ley, sí anula determinados preceptos de la norma porque restringen el derecho de propiedad, un ámbito que solo puede verse afectado por normas con rango de ley.

Así, el artículo del decreto ley andaluz que establece para el propietario de una vivienda «el deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico», queda anulado. No por razones de fondo sino porque, en su caso, debería ser aprobado a través de una ley formal.

Planificación de la economía

El TC recuerda en su fallo también que el recurso del Gobierno central exponía así mismo que la norma andaluza «interfiere en el modo en que el Estado ha ejercido su competencia en materia de bases de la planificación general de la economía, lo que en última instancia supone un menoscabo del ámbito competencial reservado al Estado».

El Estado ha adoptado medidas que «determinan de un modo homogéneo» para todo el país «los sacrificios que se imponen a los acreedores hipotecarios para aliviar la situación de sus deudores», dice la sentencia.

Estas medidas regulan «el mercado hipotecario en su conjunto y, al tratarse de un subsector decisivo dentro del sector financiero, inciden directa y significativamente sobre la actividad económica general». 

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