Si te vas de viaje te puedes librar de la mesa electoral: así es el trámite

La Junta Electoral Central informa cómo se debe gestionar la exención a concurrir a la mesa electoral, pero cumpliendo determinados requisitos

¿Vacaciones y mesa electoral? ¿Qué hacer si te toca durante las elecciones generales? EFE / Carlos Barba

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La Junta Electoral Central informa cómo se debe gestionar la exención a concurrir a la mesa electoral, pero cumpliendo determinados requisitos

La convocatoria a elecciones para el 23 de julio ha alterado los planes de vacaciones de cientos de miles, quizás millones de españoles. Pero hay formas de evitar concurrir a la mesa electoral en caso de tener un viaje programado.

Cabe recordar que un tercio de las personas que pueden tomarse vacaciones suele viajar en la segunda quincena de ese mes, un movimiento de personas y vehículos que alcanzará su cenit en la primera semana de agosto.

Ya se puede solicitar por internet el voto por correo para las elecciones. Foto Daniel González-EFE

La opción del voto por correo

Aquellas personas que tenían pensado estar fuera de su domicilio pueden cumplir con su obligación cívica si gestionan el voto por correo, donde sí será necesario que consignen a qué dirección desean que se les envíe el certificado electoral, las papeletas y el sobre que antes del 19 de julio depositarán en Correos.

La JEC advierte que la excepción para concurrir a la mesa electoral por un viaje solo se aplicará a los comicios del 23 de julio

Pero el problema surge con las personas que son designadas en la mesa electoral y que tenían pensado viajar para el 23 de julio.

El sorteo de la mesa electoral

El sorteo para concurrir como presidente, vocal o suplente de mesa se realizará entre el 22 y 28 de junio, y la comunicación se realizará dentro de los tres días.

En caso de salir elegido y tener un viaje entre manos, hay opciones para poder excusarse de la mesa electoral.

Hace pocos días la Junta Electoral Central acordó que se puede evitar la convocatoria a la mesa si eso implica cancelar un viaje o una estancia vacaciones que suponga un perjuicio económico o personal.

Eso sí: estos viajes deberían haberse contratado antes del 30 de mayo: no es válido esperar a conocer el resultado del sorteo, y en caso de ser elegido, comprar un billete o reservar un hotel.

Para poder librarse de la mesa, hay que acreditar que la compra fue realizada antes de esa fecha.

Las alegaciones se tienen que realizar a los siete días siguientes de haber recibido la comunicación del sorteo, y la aceptación o rechazo del recurso llegará cinco días después.

La JEC recuerda que la viabilidad de la excusa compete a las Juntas de Zona, que a la hora de valorar las alegaciones deben tener en cuenta los problemas por no poder completar las mesas.

Sin embargo, la Junta Electoral Central puntualiza que esta exención solo es para la elección del 23-J, no es un cambio que afectará a los comicios que se puedan tener en el futuro.

La normativa electoral establece sanciones para los que no concurran a las mesas electorales. EFE/ David Arquimbau Sintes

Aprobación de las agencias de viajes

Esta decisión de la JEC fue aplaudida por la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), que había alertado de un gran perjuicio económico para el sector turístico ante una posible ola de cancelaciones de viajes o estancias en hotel.

Sin embargo la organización de consumidores Facua ha recomendado a quienes hayan contratado un viaje después de la convocatoria de las elecciones, el 30 de mayo, y sean designados miembros de una mesa electoral que reclamen la devolución del dinero.

El reclamo, precisan en Facua, tiene que centrarse en que la cancelación se produce por “causa de fuerza mayor”, o sea que escapa a la decisión del consumidor.

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