Consumo actúa contra una práctica habitual en los festivales: multa a una promotora con 320.00 euros
La sanción castiga a la empresa organizadora del Reggaeton Becah Festival por imponer cláusulas como impedir entrar con comida o bebida, cobrar por el reacceso o aplicar gastos de gestión sin un servicio real
Archivo – Festival. Imagen: Europa Press
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 320.000 euros una empresa organizadora de festivales de música por incluir distintas cláusulas consideradas abusivas en las condiciones de acceso y funcionamiento de sus eventos.
La resolución llega tras una denuncia presentada por Facua.-Consumidores en Acción y, además de la multa, obliga a la empresa a eliminar estas prácticas y modificar sus condiciones.
Aunque en la nota de prensa emitida por Consumo no se detalla la empresa sancionada, Facua asegura que se trata de la promotora del Reggaeton Beach Festival, cuya actividad denunció ante el Ministerio en julio de 2022. Según la organización de consumidores, el procedimiento se ha prolongado durante cerca de cuatro años debido al complejo entramado societario que rodea al festival.
De hecho, la organización de consumidores ha destacado en una nota de prensa que este fue el primer expediente sancionador que abrió el Ministerio de Consumo después de asumir en 2022 las competencias para imponer multas por infracciones masivas en materia de consumo, tras la modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Esta resolución supone una victoria para la organización, ya que Facua sostiene que llevaba denunciando estas prácticas desde 2019 ante distintas administraciones autonómicas y locales
La resolución considera que la empresa incurrió en cuatro infracciones graves. Entre ellas figura la prohibición expresa de acceder al recinto con comida y bebida del exterior, además de reservarse el derecho a registrar a los asistentes. Consumo entiende que estas condiciones limitaban los derechos de los consumidores.

Otro de los aspectos sancionados fue la limitación del derecho de reacceso al recinto. Según el Ministerio, los asistentes tuvieron que pagar un importe adicional al precio de la entrada para poder salir y volver a entrar durante la celebración del festival.
Asimismo, la resolución también cuestiona el funcionamiento del sistema de pago mediante pulseras cashless. En concreto, el Ministerio considera abusivo que la organización limitara el derecho al reembolso del dinero no gastado al fijar un plazo para solicitar la devolución, cobrar gastos de gestión por ese trámite y no reintegrar los importes inferiores a dos euros
Además, también se sanciona a la promotora por la aplicación de gastos de gestión en la venta de entradas tras constatar que ese sobrecoste no respondía a un servicio prestado realmente.
El departamento que dirige Pablo Bustinduy ha explicado que la empresa ha reconocido si responsabilidad por las infracciones detectadas. Además del pago de la multa, la resolución obliga a rectificar y eliminar todas las cláusulas consideradas abusivas, dando por concluido el expediente abierto tras la denuncia de Facua.
Multa y cancelación de la gira del festival
La sanción se conoce apenas unas semanas después de que la promotora del reggaeton Beach Festival anunciara la cancelación de toda su gira de 2026 por dificultades económicas.
En un comunicado publicado el pasado 17 de junio, la empresa alegó que la situación financiera y operativa hacía imposible continuar con la actividad y celebrar los eventos previstos.
Tras conocerse la resolución, Facua ha expresado sus dudas sobre la capacidad de la empresa para afrontar el pago de la multa y sobre si ha reembolsado el importe de las entradas a todos los afectados por la cancelación de la gira.
Coincidiendo con la resolución, Consumo ha recordado una serie de recomendaciones para los asistentes a festivales de música. Entre ellas, subraya que el precio de las entradas debe mostrarse desde el inicio con todos los conceptos incluidos y que los gastos de gestión sólo pueden cobrarse cuando respondan a un servicio efectivamente prestado.
Asimismo, recuerda que los organizadores deben garantizar el acceso a agua del grifo y advierte que impedir la entrada con comida y bebida del exterior puede constituir una práctica abusiva cuando esos productos se comercializan dentro del recinto.