La desconocida ayuda de 5.280 euros que puedes pedir hasta tres veces: requisitos

El SEPE concede un subsidio orientado a aumentar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas sin empleo

GRAF7320. MADRID, 02/07/2019.- Vista del exterior de una oficina de empleo en Madrid. El número de parados registrados en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se redujo en 63.805 personas durante junio, marcando el menor recorte en ese mes desde 2009. De acuerdo con los datos publicados este martes por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el número total de desempleados se situó en 3.015.686, la cifra más baja desde noviembre de 2008, tras salir de las listas del paro 146.476 personas en el último año (con un ritmo de reducción del 4,63 %). EFE/Javier Lizón

Vista del exterior de una oficina de empleo en Madrid. EFE/Javier Lizón

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Dentro del amplio abanico de ayudas concedidas por el Estado, existe una con una cuantía de 5.820 euros desconocida por gran parte de la ciudadanía. Se trata de la Renta Activa de Inserción (RAI), un subsidio que tiene como objetivo «aumentar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo», tal y como concreta el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

La cuantía de la ayuda, que se percibe de forma mensual, asciende al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Cabe destacar que el desembolso de la ayuda acostumbra a efectuarse entre los días 10 y 15 de cada mes. En relación con la duración, cabe destacar que se puede alargar durante un periodo máximo de once meses.

¿Cuáles son los requisitos?

En concreto, pueden solicitar este subsidio cuatro tipos de perfiles. Uno de los colectivos que pueden optar a la ayuda son las personas desempleadas de larga duración, que deberán acreditar la realización de tres acciones de búsqueda activa de empleo, pero también tener más de 45 años, haber agotado la prestación por desempleo y no tener derecho a las prestaciones de desempleo o la renta agraria, así como estar inscritas como demandante de empleo durante más de 12 meses.

Varias personas hacen cola para acceder a una oficina de empleo en Madrid. EFE/ Luis Millán

También pueden solicitarla las personas que cuenten con una discapacidad superior al 33%. Como en el caso de los desempleados de larga duración, habrán de haber realizado de tres acciones de búsqueda activa de empleo, pero también haber agotado la prestación por desempleo, no tener derecho a las prestaciones de desempleo o la renta agraria y estar inscrito como demandante de empleo durante más de 12 meses.

Las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica también pueden formalizar el trámite para percibir la ayuda. En este caso, será necesario acreditar la condición de víctima, no haberse beneficiado con anterioridad de tres programas de ayudas, cumplir el requisito de carencia de rentas familiares y estar inscrita como demandante de empleo.

Por otro lado, también existe una RAI dirigida especialmente a las personas emigrantes retornadas. Para percibirla es necesario estar en una situación de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo, tener entre 45 y 65 años, ingresar un importe inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), haber trabajado al menos seis meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los doce meses anteriores a la solicitud y no haber percibido la RAI en los 365 días previos a la solicitud.

Conviene tener en cuenta que se este año entran en vigor distintas modificaciones que afectan a la solicitud y las características de la ayuda. Una de ellas está relacionada con la duración de la prestación para las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica. Pues, tendrán la posibilidad de extender la ayuda durante tres meses adicionales si se encuentran en la obligación de modificar su residencia en los doce meses previos a la formalización de la solicitud, según apunta el portal noticiastrabajo.com.

Asimismo, otro de los cambios introducidos tendrá que ver con los beneficiarios que tengan la intención de comenzar a trabajar por cuenta propia. En este caso, se suspenderá el pago del subsidio, por lo que la persona que la cobraba tendrá derecho a solicitar el cobro del 25% del importe a lo largo de seis meses. Lo mismo sucederá con las personas que se encuentren en una situación de desempleo y empiecen a trabajar de forma parcial, que verán deducida la parte proporcional al periodo trabajado de la cuantía de la RAI.

Sin embargo, si la persona a la cual se le ha concedido la prestación no se encuentran en ninguna de las situaciones anteriormente mencionadas, podrá cobrar la ayuda a lo largo de once meses con un importe de 480 euros. Cabe destacar que contará con la posibilidad de solicitar el subsidio en un máximo de tres ocasiones, dejando pasar un año entre cada solicitud.

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