Así puedes demorar el pago de las deudas con la Seguridad Social

Tanto las empresas como los autónomos pueden acogerse al aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social, siempre y cuando cumplan los requisitos

La Seguridad Social permite aplazar algunas deudas. Foto: Freepik.

La Seguridad Social permite aplazar las deudas en algunos casos concretos. Foto: Freepik.

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Acumular deudas económicas puede resultar una situación asfixiante. Sin embargo, si se debe un importe económico a la Seguridad Social hay luz al final del túnel. Pues, se cuenta con la posibilidad de aplazar el pago.

Retrasar el desembolso de la deuda es una opción a la que pueden acogerse tanto a empresas como los trabajadores por cuenta propia, tal y como destaca el organismo. A continuación, te desvelamos todas las claves.

Retrasar el pago de la deuda

Tal y como concreta La Seguridad Social, las deudas que se pueden aplazar pueden tener que ver con cuotas, recursos o recargos. Conviene tener en cuenta que las cuotas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, sin embargo, no se pueden retrasar.

La Seguridad Social tampoco contempla la posibilidad de aplazar la cuota obrera, un importe que corresponde pagar al trabajador por cuenta ajena, pero que ha de ingresar el empresario.

De forma general, las deudas relacionadas con cuotas, recursos o recargos se pueden atrasar. Foto: Freepik.
De forma general, las deudas relacionadas con cuotas, recursos o recargos se pueden atrasar. Foto: Freepik.

Cabe destacar que todas las personas que tienen asignado un Número de la Seguridad Social (NUSS) o un Código de Cuenta de Cotización (CCC) pueden consultar las deudas o liquidaciones pendientes de pago que se han contraído con la Seguridad Social.

A través del sistema también se puede obtener un recibo con el número de cuenta de la entidad financiera en la que se tiene que realizar el ingreso, a la vez, que se pueden filtrar las liquidaciones o deudas que se quieren pagar para que figuren en el recibo de pago.

Plazos

Para atrasar la deuda, se debe presentar una solicitud a través del Registro Electrónico de la Seguridad Social y adjuntar la documentación necesaria.

La solicitud podrá presentarse en cualquier momento desde que se inicia el plazo reglamentario de ingreso de la deuda en cuestión. En cualquier caso, el periodo total de aplazamiento no podrá sobrepasar los cinco años.

Proceso

Tras acceder al registro electrónico mediante Cl@ve permanente, a través del usuario y contraseña, se recibirá un mensaje SMS con un código al número de móvil que conste en el registro.

Para formalizar el trámite es necesario disponer de Cl@ve. Foto: Freepik.
Para formalizar el trámite es necesario disponer de Cl@ve. Foto: Freepik.

Cuando se adjunta la solicitud, y también, la documentación que se detalla en la misma, será necesario introducir el código para firmar la comunicación en el registro.

La Administración Pública dispone de un plazo de tres meses naturales

Una vez realizado el trámite se recibe un «acuse de recibo» en formato PDF. En el caso de que no se reciba el mensaje de confirmación, aparecerá una notificación de error, alerta el organismo.

Con todo, la Administración Pública dispone de un plazo de tres meses naturales para aplazar la deuda desde que recibe la solicitud por parte de la persona o empresa interesada.

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