Emprendedores: por qué debes estar atento al BOE el 10 de noviembre

Quedan pocos días para que montar una empresa en España pase de exigir un capital 3.000 euros a tan solo un euro

Imagen de una mujer en una oficina./ Pixabay

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Si siempre has soñado con emprender, a partir del 10 de noviembre podrás crear tu propia empresa por tan solo un euro. La nueva Ley de creación y crecimiento de empresas, la conocida como ‘Ley crea y crece’, entrará en vigor dentro de 20 días tras su publicación este 29 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

Sin embargo, la regulación que establecen algunos capítulos tardarán más en llegar, según ha informado Idealista. Por ejemplo, el capítulo V de la ley entrará en vigor a partir del 10 de noviembre de 2022. Este apartado introduce un nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa.

Imagen de una oficina./ Pixabay
Imagen de una oficina./ Pixabay

La nueva ley contempla diferentes reformas dirigidas a facilitar la creación de empresas, su crecimiento y expansión, aligerar trámites y también medidas para combatir la morosidad. En concreto, se reduce el coste para constituir una sociedad de responsabilidad limitada a un capital social de un euro, frente a los 3.000 euros de mínimo legal establecido hasta ahora.

El portal inmobiliario también ha explicado que, mediante esta norma, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de información y red de creación de empresas (Circe), simplifica trámites, amplía el catálogo de actividades exentas de licencia y se modifican varios aspectos de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.

Impedir la morosidad

Otro de los aspectos más importante de esta ley es que que trata de impedir la morosidad. La norma no contempla un régimen sancionador como el que demandaba buena parte de la Cámara, pero sí se modifican hasta cinco regulaciones para combatirla, tipificándola como práctica de competencia ilegal en la Ley de competencia desleal, e impulsando medidas coercitivas desde la Ley General de Subvenciones, la Ley de contratos del sector público o la factura electrónica.

Así, se contemplan incentivos como la exigencia de un certificado de pagos a los subcontratista por parte de un adjudicatario, la retención de las garantías una vez se inicien legales contra un contratista por incumplir los plazos o la prohibición de acceder a la contratación pública.

Sanciones de hasta el 50% del contrato y una lista negra

También, independientemente de si se recogen en los pliegos o no, se aplicarán sanciones de hasta el 50% del importe del contrato cuando haya una resolución firme y, a la hora de pedir una subvención, se exigirá acreditar que todo gasto subvencionable esté pagado en plazo.

Otros incentivos pasan por una lista negra de la morosidad (entrarán empresas con 600.000 euros y el 10% de sus facturas fuera de plazo), la obligación de revelar en su web y memoria de cuentas anuales el volumen total y relativo de las facturas pagadas fuera de plazo y la prohibición de obligar a una empresa a utilizar una plataforma concreta de facturación electrónica.

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