Cómo hacer una factura si eres autónomo

Te explicamos cuáles son los datos a incluir en las facturas necesarias para el cobro por trabajo en calidad de autónomo

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La facturación es una parte consustancial de la vida laboral de las personas. Cada trabajo que realizamos como régimen de no asalariados, es decir como autónomos, debe llevar su respectiva factura para poder cobrar de la persona para la que realizamos el trabajo.

Por ello, sobre todo en estos casos, es imprescindible saber redactar de manera correcta para evitar problemas con los clientes, pues nos facilitarán la vida y las relaciones laborales con los clientes y, a la hora de hacer la declaración de la renta, con Hacienda.

Como facturar siendo autónomo

Lo primero que hay que tener presente es que cada tres meses los autónomos deben presentar la declaración del IVA con el modelo 303.

Todas las facturas emitidas tienen que llevar la fecha de emisión y el número de factura, basado en tu propia emisión de facturas. Es decir, a medida que vas emitiendo estos documentos, se va incrementando el número. Posteriormente, también hay que indicar los datos tanto del trabajador autónomo como del cliente que recibirá la factura.

Entre estos, están los nombres y apellidos, denominación social completa, el número de identificación fiscal o NIF y el domicilio fiscal de facturación. Estos datos son los nuestros, pero habrá que incluir también los mismos datos del cliente o empresa a la que remitamos la factura.

Siguiendo esta línea, se pasará a detallar la actividad realizada, donde podemos explicar las funciones, el tipo de servicio, actividades realizadas, las horas trabajadas… en general, se trata de justificar el motivo del cobro.

Y quizá lo más importante, el precio, un dato al que le añadiremos el IVA que puede ser del 10% o el 21%. Habrá que restar también el IRPF que haya que deducirse.

Finalmente, habrá que indicar el número de cuenta corriente del banco al que hacer el ingreso. Recuerda que el documento debe estar firmado por el emisor.

Economía Digital

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp