Estas son las multas si no presentas la Declaración de la Renta

El plazo para presentar la Declaración de la Renta este año acaba el 1 de julio

La multa por no presentar la declaración de la renta en el plazo correspondiente parte de los 100 euros. Freepik.

La multa por no presentar la declaración de la renta en el plazo correspondiente parte de los 100 euros. Freepik.

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A la hora de presentar la Declaración de la Renta conviene no perder de vista los plazos fijados por la Agencia Tributaria. La primera fecha a anotar en rojo en la agenda es el 3 de abril, cuando se abrirá el plazo para presentar el borrador por internet, concretamente, a través del servicio Renta Web.

Posteriormente, a partir del 7 de mayo, los contribuyentes que lo deseen podrán presentar la Declaración de la Renta por teléfono, mientras que para hacerlo de forma presencial será necesario esperar hasta el 3 de junio. En cualquier caso, la fecha máxima para hacer llegar el borrador al fisco será el 1 de julio.

Para evitar la recepción de una multa por parte de Hacienda se deben tener muy presentes estas fechas clave. De hecho, la Agencia Tributaria dispone de un plazo de cuatro años para multar a los contribuyentes que no hayan presentado la Declaración de la Renta estando obligados.

Multas por no presentar la Declaración de la Renta

La cuantía de la sanción puede variar en función de la demora, pero también de otros factores como si el resultado sale a pagar (y perjudica a Hacienda) o devolver, o bien, si la presentación es voluntaria o por requerimiento de la Administración Pública.

El plazo para presentar la Declaración de la Renta acaba el 30 de junio. EFE/R. García
El plazo para presentar la Declaración de la Renta acaba el 30 de junio. EFE/R. García

Además, antes de iniciar un procedimiento sancionador, Hacienda envía un requerimiento para que se proceda a la presentación de la declaración de la Renta y, en función del resultado, la infracción será de una cuantía o de otra.

A pagar (con requerimiento)

De esta forma, si la Administración Pública te ha enviado un requerimiento y la declaración te sale a pagar, puedes enfrentarte a una sanción de entre el 50% y el 150% del total de la deuda, si bien esta cantidad puede ser aún más elevada según el perjuicio causado al fisco y si se había cometido previamente alguna otra infracción.

Los contribuyentes que acepten la sanción podrán acogerse a una reducción por conformidad del 30%, pero también a una reducción por pago que asciende al 40%, siempre y cuando ingresen el importe correspondiente en el periodo voluntario y no se interponga ningún recurso.

Un billete de 200 euros. Foto: Pixabay.
No presentar la declaración, aunque salga a devolver, puede conllevar multas de 200 euros. Foto: Pixabay.

No presentar la Declaración de Renta aunque te salga a devolver o con resultado 0 también puede tener consecuencias, dado que Hacienda lo considera una infracción leve. En este caso, la multa es de 200 euros, aunque puede reducirse a 150 si no recurres y la pagas en el plazo establecido.

Sin requerimiento

En el caso de que no hubiese un requerimiento previo, si la Declaración de la Renta sale a pagar, se deberá pagar un recargo, en lugar de una multa. Si han pasado doce meses desde la fecha límite, el recargo será del 1%, si bien se sumará un 1% por cada mes de demora.

No obstante, si han transcurrido más de doce meses, el recargo se situará en el 15%, con intereses de demora, pero sin aplicar una sanción. Siempre que se abone el importe económico en el periodo voluntario, se puede optar a una reducción del 25%.

Además, si has presentado fuera de plazo la Declaración de la Renta y te sale a devolver o con resultado 0, también puedes recibir una multa de 100 euros, que puede reducirse a 75 si no recurres y pagar en el plazo establecido por las autoridades fiscales.

Raquel Navarro Pérez

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