Este es el plazo máximo para pedir la jubilación

Las personas interesadas en cobrar la pensión de jubilación deben ajustarse a los plazos establecidos y reunir las condiciones establecidas

La solicitud de la jubilación se debe llevar a cabo en un plazo concreto. Foto: Freepik.

Conviene tener en cuenta el plazo a la hora de gestionar la pensión de jubilación. Foto: Freepik.

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Una vez se decide poner punto final a la carrera profesional, existen distintas modalidades de jubilación a las que es posible acogerse, desde la jubilación parcial hasta la jubilación demorada.

Sin embargo, a la hora de solicitar la pensión de jubilación factores como los periodos cotizados a la Seguridad Social o la edad de acceso a la prestación económica condicionan la cuantía que se acabará percibiendo.

Por ejemplo, para cobrar la pensión en la modalidad contributiva se deben haber cotizado 15 años, dos de los cuales deberán situarse en los últimos 15 años, tal y como recuerda la Seguridad Social.

La edad legal de jubilación es de 66 años y cuatro meses

Las personas que hayan cotizado durante un mínimo de 37 años y nueve meses, podrán percibir la totalidad de la ayuda económica y jubilarse cuando hayan cumplido los 66 años y cuatro meses, si bien si se cuentan con cotizaciones superiores se podrá adelantar hasta los 65 años.

Cuánto se cobra

Para los jubilados con 65 años o más, la cuantía si tienen un cónyuge a cargo es de 966,20 euros mensuales, mientras que para los que no tienen cónyuge es de 783,10 euros y con cónyuge no a cargo es de 743,30 euros.

Numerosos factores condicionan la cuantía que se cobra con la pensión de jubilación. Foto: Freepik.
Numerosos factores condicionan la cuantía que se cobra con la pensión de jubilación. Foto: Freepik.

Mientras que los jubilados con 65 años que provienen de una pensión de incapacidad permanente de gran invalidez cobran 1.449,30 euros mensuales si tienen un cónyuge a cargo, perciben 783,10 euros al mes si no tienen y 1.115 euros si tienen cónyuge pero no es a cargo.

Por último, los jubilados con menos de 65 años cobran 905,90 euros mensuales cuando tienen cónyuge a cargo, si bien perciben 732,60 euros si no tienen cónyuge y 692,50 euros si tienen cónyuge pero no es a cargo.

Tramitar la pensión de jubilación

Para formalizar la pensión de jubilación es imprescindible cumplimentar el modelo de solicitud de la pensión de jubilación, así como presentar la documentación personal y la específica que se específica en el documento.

Todos los documentos se deberán presentar de forma presencial en cualquiera de los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La pensión se debe tramitar en el INSS, o bien, el ISM

En el caso de los trabajadores del mar, habrán de formalizar el trámite para solicitar la jubilación en alguna de las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).

Hasta cuando se puede solicitar

Los trabajadores que se encuentren en alta, pueden presentar la solicitud de pensión de jubilación dentro de los tres meses anteriores o posteriores al momento en que dejaron de trabajar.

En el caso de que la solicitud se presente con un retraso superior a los tres meses de la retirada de la vida laboral, se podrá cobrar la pensión con efectos retroactivos por un periodo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud.

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