Renta 2019: todo lo que debes saber

A pesar del estado de alarma y de lo excepcional de la situación que vivimos estos meses, los contribuyentes mantienen sus obligaciones de presentar la declaración de la renta hasta el 25 de junio

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La campaña de la Renta 2019 comenzó el pasado 1 de abril y se prolongará hasta el jueves 30 de junio. Como cada año, los contribuyentes que tengan obligación de presentar su declaración podrán hacerlo por vías telemáticas o de forma presencial en la Agencia Tributaria solicitando cita previa.

Junto a expertos de CaixaBank y VidaCaixa, hemos recopilado los detalles todas las novedades que vienen con la campaña de este año, incluyendo cómo incluir el plan de pensiones para beneficiarse de las importantes ventajas fiscales que ofrecen, y la conveniencia de mantenerlo a lo largo del tiempo.

Renta 2019: fechas a tener en cuenta

Durante todo el periodo de la campaña se puede solicitar y presentar por Internet el borrador de la declaración de la Renta 2019. Quienes prefieran o necesiten presentarla de forma presencia en las oficinas de la Agencia Tributaria pueden solicitar ya cita previa (desde el pasado día 5 de mayo).

En el caso de solicitar el pago fraccionado de una declaración con resultado a pagar, el primer pago se realizará en el momento de la presentación, y el segundo pago deberá realizarse antes del 5 de noviembre como fecha límite.

Novedades en las cuantías de la Renta 2019

La campaña de la declaración de la Renta 2019 no supone muchas novedades con respecto a la campaña del ejercicio anterior, pero hay que tener en cuenta, por ejemplo, los cambios en el umbral para realizar la Declaración:

Están exentos de realizar la declaración aquellos contribuyentes con rentas procedentes de rendimientos del trabajo de un solo pagador que sean iguales o inferiores a 22.000 euros.

Si a lo largo del ejercicio 2019 se han tenido dos o más pagadores el umbral es el mismo siempre que los ingresos del segundo pagador y posteriores no superen los 1.500 euros o si las rentas provienen de prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones ya han sido fijadas por la Agencia Tributaria.

Como novedad, en caso de no cumplirse estas condiciones y haber percibido rendimientos del trabajo de dos o más pagadores, los contribuyentes estarán obligados a presentar la declaración cuando los rendimientos del trabajo sean superiores a 14.000 Euros.

Si el contribuyente está jubilado, existen una serie de requisitos que conviene conocer. 

Reducción por rendimientos del trabajo: Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 13.115 euros tienen este año una cuantía de reducción de 5.565 euros. En la franja entre 13.115 y 16.825 euros cabe la posibilidad de reducirse 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y 13.115 euros.

Loterías y apuestas: Otra de las novedades de este año se refiere a los gravámenes que afectan a los premios de loterías y apuestas. El dinero de dichos premios estará exento hasta un máximo de 20.000 euros.

Novedades de procedimientos en la Renta 2019

La Renta 2019 viene con novedades que están relacionadas con el procedimiento, es decir, en la manera en que se formaliza su gestión en la declaración, y afecta a:

  • Declaración de inmuebles. Este año existe un apartado que recogerá toda la información relacionada con inmuebles y el uso que se les ha dado. En caso de haber alquilado o vendido un inmueble es aquí donde deberá indicarse.
  • Declaración del domicilio fiscal. La Agencia Tributaria ha simplificado el proceso de identificación del domicilio fiscal de sus contribuyentes en un procedimiento separado a la declaración. A través de este apartado se puede actualizar el domicilio fiscal, en caso de que sea necesario.

Este año no hay cambios en los instrumentos de ahorro como los planes de pensiones, PIAS o SIALP. Conviene, en todo caso, tener en cuenta sus ventajas fiscales y recordar cómo declarar el plan de pensiones.

Cómo declarar el plan de pensiones (y cuáles son sus ventajas fiscales)

Los planes de pensiones o los planes de previsión asegurados tributan como un rendimiento de trabajo en el IRPF. Sus aportaciones a lo largo del ejercicio disminuyen la base imponible, lo que suponer pagar menos impuestos.

Es decir, que si el contribuyente tiene un salario de 61.000 euros y realiza aportaciones de 2.000 euros a un plan de pensiones entonces la cantidad total a declarar serán 59.000 euros, lo que reduce considerablemente los impuestos a pagar según los tramos estatales del IRPF vigentes, que son:

  • De 0 a 12.450 € – 19%
  • De 12.451 a 20.200 € – 24%
  • De 20.201 a 35.200 € – 30%
  • De 35.201 a 60.000 € – 37%
  • Más de 60.001 € – 45%

La cantidad máxima que el contribuyente puede desgravarse en la declaración de la renta anual es de 8.000 euros, si bien es cierto que en algunos casos será posible añadir otros 2.500 euros por cónyuge en caso de ingresos bajos.

Para hacerlo correctamente habrá que rellenar la casilla 465 (donde se declaran aportaciones propias) y la casilla 463 (donde se pueden declarar excesos de aportaciones pendientes de los últimos 5 ejercicios). En la casilla 469 se incluirán las aportaciones a favor del cónyuge.

Esos 8.000 euros de límite máximo se elevan hasta los 24.250 euros en el caso de las personas discapacitadas. Los límites en el País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra son distintos y habrá que consultar la actualización en caso de declarar en esas Comunidades.

Beneficios de mantener el plan de pensiones y de cobrarlo fraccionado

Desgravarse las aportaciones hechas a un plan de pensiones permite diferir los impuestos que correspondería pagar por esos ingresos, pero en ningún caso supone una exención.

Esto significa que, cuando se rescata el plan de pensiones, sea total o parcialmente, las cantidades recuperadas también cuenta como rendimiento del trabajo y por tanto se tributa sobre esa cuantía.

Por esta razón siempre es más ventajoso fiscalmente mantener el plan de pensiones y recibir su renta fraccionada a lo largo del tiempo que rescatarlo o cobrarlo “de golpe,” en un único pago: dado que esas rentas también deben declararse como ingresos es importante informarse bien de cómo afecta a la declaración de la renta el rescate de un plan de pensiones.

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