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La Abogacía del Estado rechaza la venta de Vivanta, rescatada por la Sepi, al fondo canadiense OTPP
La Abogacía del Estado advierte que la oferta del fondo OTPP por Vivanta no ha tenido en cuenta las peculiaridades de la ayuda pública del fondo de rescate de la Sepi
Sede de la SEPI, en Madrid. Europa Press
La Abogacía del Estado, en representación de la Administración General, a la que está adscrito el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (Fasse) -el fondo creado por la Sepi para el rescate de empresas afectadas por la crisis del Covid- se opone a la venta del grupo Aestes, dueño de las clínicas Vivanta, al fondo canadiense OTPP, propietario en España del grupo Vitaldent.
La Abogacía requiere al Juzgado Mercantil número 12 de Madrid -a cargo del concurso de acreedres del grupo Aestes-, denegar la aprobación de la venta, suspender el procedimiento, y plantear a la Comisión Europea la notificación de un proyecto de ayuda de Estado, «debiendo estar a lo que dicha Institución de la Unión Europea resuelva«.
El rechazo del Abogado del Estado a la operación –Aestes recibió una ayuda pública del Fasee de 40 millones de euros– supone toda una advertencia para los procesos de refinanciación en los que están inmersas algunas de las compañías rescatadas por la Sepi: el organismo público no aprobará operación alguna que, considere, ponga en riesgo la recuperación de sus préstamos.
El Fasee «no es un inversor privado», recuerda la Abogacía del Estado
En un escrito de alegaciones enviado recientemente al juzgado mercantil, el Abogado del Estado afirma que el rescate de Aestes es «una ayuda de Estado«, y que la oferta del fondo canadiense «no ha tenido en cuenta las especialidades del crédito titulado por el Fasee (…)».
«En el ámbito de ayudas de Estado», advierte la Abogacía, «todo aquello que no está expresamente reconocido por la Comisión Europea como compatible con el Mercado Interior no está autorizado«.
Por ello, concluye, la oferta presentada por Vivanta «resulta contraria al Derecho de la UE«.
Es contraria porque no considera en la prevista cesión de una parte de los activos y negocio del concursado que tales activos o negocios «incorporan ayudas de Estado» sujetas, asegura, a normativa del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La oferta presentada, añade, tampoco sigue los requisitos legales a que está sujeta la intervención del Fasse y sus modificaciones. Por un lado, explica, «el adquirente percibiría una ventaja indebida susceptible de afectar seriamente a la competencia«.
Por otro lado, la ruptura de la unidad económica que justificó la concesión de la financiación, requiere una nueva autorización del Consejo Gestor y del Consejo de Ministros.

El Consejo Gestor del Fasee, en su sesión de 17 de junio de 2022, aprobó la solicitud de apoyo público temporal formulada por Aestes y su grupo societario, por un importe total de 40 millones de euros.
La ayuda se estructuró mediante un préstamo participativo por importe de 20,4 millones de euros, con vencimiento en 2028, y un préstamo ordinario por importe de 19,6 millones de euros, con vencimiento inicial en 2027.
Los fondos fueron desembolsados el 8 de julio de 2022. Con posterioridad se formalizaron dos novaciones de la financiación concedida, una en 2024, y otra el pasado mes de mayo. En esta última novación se extendió el vencimiento de la totalidad de la financiación hasta el año 2032 partiendo de la premisa de que la compañía disponía de capacidad suficiente para consolidar la recuperación operativa iniciada en ejercicios anteriores.
El fondo OTPP se compromete en su oferta por Aestes a la subrogación en las relaciones laborales de 656 empleados
El pasado 3 de septiembre Aestes fue declarada en concurso de acreedores con un pasivo cercano a los 100 millones de euros y un activo valorado tan solo en cuatro millones.
El grupo de clínicas dentales, controlado por el fondo estadounidense Ares Management -también participan en el capital la sociedad de capital riesgo Portobello y BNP Paribas-, acompañó su solicitud de concurso con una oferta elaborada por el fondo OTPP.
En su oferta, como ha publicado este diario, el fondo canadiense excluye los préstamos de la Sepi y los créditos al consumo solicitados por los pacientes para pagar sus tratamientos.
La oferta del fondo, que derivaría en una integración de los activos adquiridos en el grupo Vitaldent, lo es en realidad por aproximadamente la mitad de lo que es en la actualidad el grupo Aestes.
El fondo OTPP valora su oferta por Aestes (Vivanta) en 57,2 millones de euros, de los que solo tres millones serán pagados al contado, por 62 clínicas dentales y las marcas de las que el grupo es titular.
El precio incluye16,5 millones de euros de financiación puente y 36,9 millones en tratamientos ya cobrados a los pacientes pendientes de ejecución, además de medio millón de euros en leasings.
El fondo se compromete a la subrogación en las relaciones laborales de 656 empleados; la finalización de tratamientos en curso de más de 30.000 pacientes; y la puesta a disposición de una financiación de hasta 16,5 millones «para sostener la actividad durante la tramitación del concurso y hasta la efectiva transmisión y toma de control de la unidad productiva», a Euríbor más 6% anual.
El Fasee (Sepi) «no es un inversor privado»
En su escrito de alegaciones, la Abogacía del Estado subraya que el Fasee «no es un inversor privado«. El organismo, dice, gestiona un ingreso de derecho público «y aplica en su cobranza las reglas de recaudación de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública estatal«.
El fondo de rescate de la Sepi «no es un fondo de inversión ni tiene en la cobranza del ingreso público un margen de autonomía de la voluntad en el que pueda disponer del crédito como lo hace un particular», dice. «Ningún órgano administrativo puede sobre un ingreso de derecho público conceder una quita directa o indirecta«, destaca.
La Abogacía recuerda que toda medida dirigida a restaurar la solvencia dotando de fondos propios a las empresas se hizo «con obligación de reembolso y salida del Estado, cesando con ello la distorsión de la competencia temporalmente admitida».

Si por cualquier vía -legislativa, ejecutiva o judicial- se eliminase la obligación de reembolso, como por ejemplo, mediante el reconocimiento de una quita de la deuda en el marco de la transmisión de unidades productivas, «se produciría una transformación de la ayuda, desapareciendo la compatibilidad con el mercado interior de la Unión Europea inicialmente reconocida, con la consiguiente infracción del Derecho de la Unión Europea«.
El «carácter estratégico» para la economía española que aludió en su momento Aestes para lograr la ayuda pública de la Sepi «fue uno de los elementos determinantes para la concesión de la financiación», recuerda la Abogacía.
Si ahora se modifica la unidad productiva -la oferta del fondo OTPP es prácticamente por la mitad del grupo Aestes- «se produce una alteración de los presupuestos que justificaron la concesión de la ayuda«, una alteración que exige una modificación de la resolución administrativa de concesión, competencia exclusiva del Consejo Gestor y del Consejo de Ministros.
«No cabe desmembrar la entidad económica cuyo carácter estratégico, entre otros criterios de elegibilidad, justificó la concesión de la financiación sin afectar al fin subvencional de la ayuda concedida (…)», concluye.
Un comentario en “La Abogacía del Estado rechaza la venta de Vivanta, rescatada por la Sepi, al fondo canadiense OTPP”
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Hola Alberto ORTIN.
Que sepas que Vivanta le debe dinero a pacientes.
Saludos.