Panrico gana a Europastry: los ‘donut’ son suyos

El Tribunal Supremo confirma que el líder en congelados tiene que indemnizar a la compañía de pan de molde y bollería industrial por infringir los derechos de propiedad industrial

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Panrico se ha impuesto a Europastry en su batalla por quedarse con la denominación donut. El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado este jueves la condena impuesta en segunda instancia a la compañía líder de masas congeladas por infringir derechos de propiedad industrial que correspondían en exclusiva a Panrico sobre las marcas registradas Donut, Donuts y Doghnuts.

La Sala Primera del Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Europastry contra una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona que le condenaba a indemnizar por daños y perjuicios a Panrico con 34.000 euros. La resolución judicial también condenaba al fabricante de pan precocido y bollería congelada a pagar a Panrico 600 euros al día hasta el cese definitivo de la violación del derecho de marca.

Proceso judicial

En todo el proceso judicial, los distintos magistrados que han llevado el caso siempre han dado la razón a Panrico, quien interpuso la demanda. Tanto el Juzgado como la Audiencia sentenciaron que Europastry no puede comercializar bollos en forma de rosquilla utilizando la palabra Doughnuts (con u intercalada entre la o y la g). Una palabra en inglés que designa, precisamente, en el lenguaje común el bollo que Panrico tenía registrado como marca.

Ahora, el Supremo confirma este pronunciamiento y rechaza la pretensión de nulidad de la marca Doghnuts solicitada por Europastry. Según la sentencia, el producto se conoce en España por el vocablo Donuts, registrado por Panrico, y no por la palabra inglesa, que «no es conocida por los españoles».

Diferencias con ‘Petit Suisse’

En este caso, según indica la sentencia, no se puede aplicar la jurisprudencia sentada sobre la marca Petit Suisse. Una resolución judicial que se dictó en 1989.

La principal diferencia, según el Tribunal Supremo, es que Petit Suisse es una expresión “que venía siendo conocida desde antiguo tanto en el ámbito de las industrias lácteas y queseras españolas como por el público en general” para referirse a un determinado queso fresco. Una relación que los magistrados del TS aseguran que no se establece con las rosquillas de azúcar.

Riesgo de confusión

Además, sostienen que la incorporación de la palabra inglesa doughnuts, sin carácter descriptivo en España, a la presentación o anuncio del mismo tipo de producto que el público conoce comúnmente por la palabra Donut o Donuts, «resulta idónea para generar un riesgo de confusión».

El Alto Tribunal entiende que agregar los vocablos Ya Ya maría –una de las marcas de Europastry en España– no resulta suficiente para desvanecer ese riesgo, precisamente por «la notoriedad o renombre de las marcas Donut y Donuts«. Este año, cumplen medio siglo de vida.

La Sala Primera también argumenta a favor de Panrico que el titular de la marca registrada no solo está amparado y puede reaccionar frente al riesgo de confusión, sino que puede igualmente hacerlo frente al riesgo de asociación, por el peligro de que los consumidores puedan creer que los productos realmente tienen algo que ver, jurídica o económicamente, con la otra empresa.

Economía Digital

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