Inditex tumba el registro en Europa de la marca belga Zuri, rival de Zara
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) da la razón al gigante textil al considerar que la firma domiciliada en Waterloo podría beneficiarse de la reputación y prestigio de su marca estrella
Varias personas pasan delante de una tienda Zara, en el centro de Barcelona, a 26 de septiembre de 2024, en Barcelona, Catalunya (España). David Zorrakino / Europa Press 26 SEPTIEMBRE 2024;MODA;ESCAPARATE;TIENDA;FACHADA; 26/9/2024
Inditex suma una nueva victoria en su particular batalla por proteger sus marcas. La multinacional con sede en Arteixo ha conseguido tumbar en la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) el registro de la marca de moda y productos de cosmética belga Zuri.
Los de Marta Ortega y Óscar García Maceiras presentaron en julio del año pasado su oposición al registro de la firma con domicilio social en Waterloo sustentada en una batería de argumentos con los que acreditaban la reputación de su buque insignia. Entre las pruebas presentadas figuraban desde artículos en prensa en los que se señalaba, por ejemplo, que “Zara no es una de las marcas de moda minoristas más exitosas del mundo, sino la más exitosa”, además de otras publicaciones en revistas de prensa, blogs o estudios académicos.
También hicieron valer el potencial de su marca en redes sociales, con una comunidad de más de 25 millones de seguidores en Instagram, 1,3 en X –antes Twitter–, y casi 13 millones de visualizaciones en Youtube. A este “músculo” digital añadieron el peso comercial de Zara, respaldado por sus cifras de ventas, su amplia red de tiendas y su presencia en los mercados internacionales.
“Es evidente que la marca anterior (Zara) ha sido objeto de un uso intensivo y prolongado y es ampliamente conocida en el mercado relevante, donde goza de una posición entre las marcas líderes (…) La marca ha ascendido en los distintos rankings, lo que demuestra su evolución, crecimiento y fortaleza. Dichos rankings son independientes e imparciales, por lo tanto, el valor probatorio es muy alto”, explica la EUIPO en su resolución.
Similitud entre Zara y Zuri
Inditex alegó que existía un riesgo de confusión con Zuri en los términos previstos por el Reglamento de Marcas de la Unión Europea, al considerar que los consumidores podrían creer que los productos o servicios comercializados bajo esta enseña procedían de la misma empresa o de compañías vinculadas económicamente, aunque no las confundan.
Para analizar la existencia de esta posible, la Oficina Europea de Propiedad Intelectual analiza, entre otros aspectos, la posible similitud visual o auditiva de las marcas. En este caso, la EUIPO destaca “la estilización particular” de la letra ‘Z’ de Zuri muy similar a la del gigante textil.

“Se observa un parecido notable con la letra inicial “Z” del signo en disputa. En particular, ambos presenta una letra mayúscula muy estilizada, que se caracteriza por un tramo diagonal prominente y trazos horizontales marcados. Si bien esta circunstancia no altera el grado de similitud entre los signos mencionados, constituye un factor adicional que, en el contexto comercial específico del presente caso, podría llevar al público pertinente a recordar la marca reconocida anteriormente”.
Este riesgo de confusión podría provocar que la firma belga se beneficiase del “atractivo” y la “reputación” de Zara. La EUIPO aclara en su resolución que aprovecharse indebidamente de este carácter distintivo no requiere necesariamente una intención deliberada de explotar el prestigio asociado a otra marca. “El concepto de aprovecharse deslealmente se refiere al riesgo de que la imagen con reputación o características que proyecta otra enseña se transfieran a los productos cubiertos por la marca solicitada, con el resultado de que la comercialización de estos productos se facilita por asociación con la reputación de la anterior”.
En este sentido, y teniendo en cuenta también la similitud de los catálogos que ofrecen ambas firmas, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea considera que un número considerable de consumidores podría optar por los productos de la empresa belga debido a la asociación mental con Zara “apropiándose de su poder de atracción y valor publicitario”:
“Esto podría estimular las ventas o el uso de los productos y servicios del solicitante en una medida desproporcionadamente alta en comparación con el tamaño de su propia inversión promocional. Esto podría conducir a la situación inaceptable de que el solicitante se beneficie indebidamente de la inversión del oponente en la promoción y el fortalecimiento de la reputación de su marca”.
A la luz de estos argumentos, la EUIPO concluye en una resolución de principios de octubre que Zuri podría aprovecharse indebidamente del carácter distintivo de Zara, en los términos previstos en el Reglamento de Marcas de la UE; el organismo da así la razón a Inditex y rechaza la inscripción de la marca belga.
Otros casos
El caso de la firma belga se suma a una larga lista de actuaciones que reflejan la estrecha vigilancia de Inditex sobre posibles infracciones de sus marcas. Algunos de estos casos han sido los de ‘Zara Dental’, caso en el que los propietarios de una clínica odontológica de Terrasa fueron condenados a pagar a la multinacional una indemnización de 60.000 euros; ‘Ailof Zahara’, cuyo registro de marca fue impugnado por la compañía; o los de ‘Z’Home’, de la sociedad Qiong Zhu S.L., domiciliada en Cáceres, y la alemana ‘Solenzara’.