Bonus sí, pero diferidos y con publicidad
El consejo de ministros del pasado viernes aprobó el proyecto de ley de supervisión y solvencia de la banca. La norma adapta las directrices comunitarias y «limita los bonus de los consejeros al acotar la remuneración variable», que sólo (sic) podrá llegar al 200% del fijo.
Además, obliga a fijar mecanismos para la recuperación de estos pagos en el futuro, si su gestión demuestra «ser irregular». Es de común aceptación que existe una mala práctica en las retribuciones para la alta dirección (consejeros y directivos) de entidades financieras, reconocida internacionalmente.
Esta mala práctica se ha manifestado especialmente en dos renglones: los incentivos practicados han sido perversos, es decir, su aplicación ha sido contraproducente, y las cantidades que se han pagado están fuera de toda lógica sensata y entendible por parte de accionistas y clientes.
Después del desastre del sistema financiero es un buen momento para regular estas prácticas que, entre otras razones, sitúan a los dirigentes bancarios muy alejados de lo que la opinión pública considera razonable. Sobre todo a tenor de los resultados obtenidos y de las ingentes cantidades que el presupuesto español y comunitario ha tenido que aportar para salvar al sector.
Los desahucios –no de exclusiva responsabilidad de los bancos– y las preferentes y otros productos similares –en las cajas de ahorro– han desprestigiado socialmente la industria bancaria, en el caldo de cultivo de la crisis global.
La CNMV no ha tenido más remedio que prohibir la vinculación de retribución variable a la colocación de productos bancarios, como las preferentes. Y precisar las «directrices sobre políticas y prácticas de remuneración», mucho más estrictas.
La reflexión sobre el papel de la retribución variable, en sus distintas acepciones, se empieza a plasmar en 2009 con el conocido Informe Larosiere, donde se critica abiertamente la politIca retributiva a corto plazo, la responsabiliza, en parte, de ser uno de los gérmenes de la crisis bancaria, dado que se produce un incremento del riesgo asumido, convirtiéndose la práctica en un problema estructural.
El Informe propone alinear los sistemas de retribución variable de la alta dirección con los intereses de los accionistas que, presume, no desearán poner a la institución financiera en riesgo de intervención y desaparición. Y, en segundo lugar, propone implantar un estricto control de riesgos y una vigilancia más enfocada.
En los últimos años han aparecido una serie de propuestas sobre retribución variable, o sobre incentivos en general, que ponen en revisión todo el concepto, producto de un tiempo en que las economías crecían.
Los nuevos conceptos son: vincular la retribución variable al largo plazo, al tiempo que se mantienen las retribuciones fijas. Pretende que los responsables bancarios, o de otros sectores, tengan claro que lo que se pretende es ganar estabilidad, que los beneficios de un año no perjudiquen la senda de crecimiento a largo plazo. De ahí que se proponga que los incentivos se cobren al cabo de entre tres y cinco años.
Y, en segundo lugar, se camina hacia una retribución a largo plazo vinculada al incremento del valor de la acción y de los objetivos de negocio como el ebitda. También se está introduciendo un tercer factor de difícil cuantificación como es el «análisis de riesgo», con la obligatoriedad, en compañías cotizadas, de elaborar y publicar un mapa de riesgos, de todo tipo, de la empresa.
Dado que nos hallamos en un entorno de reforma de los incentivos empresariales, convendria profundizar y no dejar pasar la oportunidad de, por una vez, alinear los objetivos de la empresa con la retribución de sus cuadros y directivos.
Algunas sugerencias serían: que el sistema de objetivos e incentivos debería ser aprobado por la Junta General –no sólo ser informada– y conocido por los clientes. Además, se debería conocer el techo máximo que se puede alcanzar, así como su peso en el beneficio.
El pago podría ser en metálico o en acciones (o derechos), pero liquidable a partir del cuarto o quinto año. Y no estaría garantizado. Es decir, que podría ser reversible si los resultados, al final del periodo, no se ajustarán a lo previsto. El indicador no debería ser el valor en Bolsa de las acciones, muy volátil, y que está más relacionado con el clima general que con la marcha de la empresa, sino el ROA o ROE, que reflejan mejor el valor del negocio.
Y, finalmente, el Banco de España debería publicar el benchmark de los sistemas de pago de los variables, a lo largo del tiempo. Esta información, de alguna manera, ayudaría a clientes y usuarios a conocer los objetivos y políticas de retribución de las entidades. En definitiva, más transparencia.
Con todo, una retribución variable por supuesto que sí, pero bajo unos esquemas conocidos, evaluables y vinculados al crecimiento estable y sólido de las empresas a largo plazo.