La Audiencia Nacional reitera la condena de cárcel a los administradores de Youkioske

Tras redactar de nuevo la sentencia, como pidió el Supremo, el tribunal insiste en el delito agravado contra la propiedad intelectual y otro de promoción y constitución de una organización criminal

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La Audiencia Nacional ha condenado a los dos administradores de la página web www.youkioske.com a seis años de cárcel por un delito agravado contra la propiedad intelectual y otro de promoción y constitución de una organización criminal, mientras que absuelve al tercero de los acusados.

Los magistrados ordenan, asimismo, el comiso de los efectos informáticos intervenidos, así como de las ganancias acreditadas hasta un importe de 196.280,71 euros y les imponen también la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de las profesiones de administrador de servidores y páginas web y gestor de contenidos en dichas páginas durante cinco años.

Se trata de la segunda sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en relación con estos hechos debido a la anulación de la primera por el Tribunal Supremo, que ordenó volver a redactarla al estimar parcialmente los recursos planteados por quebrantamiento de forma.

Actividad probatoria inusual

En la nueva sentencia, los magistrados imponen la misma pena que en la primera y señalan que «en pocas ocasiones una Sala de Justicia se encuentra con tanta actividad probatoria y prueba suficiente como para poder proceder a una condena de los acusados».

El tribunal subraya que este procedimiento pone de manifiesto «un absoluto desprecio de los acusados, no solo a la norma en si misma considerada, sino y sobre todo a las víctimas o perjudicados por el delito».

No les dolían prendas en vilipendiar

Añade que «no les dolía ningún tipo de prendas en manifestar su absoluto menosprecio, cuando no vilipendio, a aquellos que sabían perjudicaban con sus acciones, de tal modo que se mofaban de cómo iban a emplear sus beneficios disfrutando en paradisíacas playas, mientras otros se irían al paro. La acción desarrollada es de un plus antijurídico pocas veces desarrollado en delitos de esta naturaleza».

Los jueces consideran, además, que «el plan criminal basado en hacer pasar una página de enlaces por un mero espacio cibernético de compartimiento de contenidos entre altruistas titulares de derechos para poner a disposición de los lectores un amplio abanico de contenidos, cuando en realidad esta página era alimentada por los propios socios de los condenados obteniendo ilegalmente estos contenidos y ubicándolos a la red haciéndose pasar por usuarios anónimos, es de una antijuricidad inédita en este tipo de delitos».

Economía Digital

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