Pedro Sánchez evita dar la cara y suspende el balance de fin de año

Sánchez rompe con la tradición del balance de final de año porque todavía no ha cerrado su investidura

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El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, no comparecerá después del consejo de ministros de este viernes, el último de 2019, para ofrecer el tradicional balance de fin de año. Sánchez declinó dar la cara porque las negociaciones para su investidura todavía no han finalizado.

En vez del presidente en funciones, comparecerá la portavoz del Gobierno, la ministra Isabel Celáa, como es habitual después de los consejos de ministros.

De esta forma, Sánchez rompe con la tradición que instauró José Luis Rodríguez Zapatero, que se repitió año tras año salvo en 2011 porque Mariano Rajoy acababa de ser investido presidente pocos días antes.

Sánchez evitará hacer el balance de final porque todavía no ha cerrado el acuerdo político para su investidura. Para ello, necesita que ERC se abstenga en la votación.

Los republicanos todavía no han anunciado su posición porque están a la espera de que la Abogacía del Estado presente sus alegaciones ante el Tribunal Supremo con respecto a la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre Oriol Junqueras. Esta última instancia reconoció la inmunidad del líder de ERC por su condición de eurodiputado electo.

Fecha límite, 2 de enero

La Abogacía del Estado debe presentar las alegaciones antes de que este 2 de enero expire el plazo. Probablemente apurará hasta el último día.

Pese a que la Fiscalía, la acusación popular y las defensas ya han presentado sus respectivos escritos, la Abogacía del Estado se está demorando. Sus alegaciones deben mantenerse en la línea de lo que expuso Rosa María Seoane durante el juicio del procés y, a la vez, acontentar a los republicanos. Un encaje de bolillos.

Fuentes jurídicas informaron a El Confidencial de que  la Abogacía del Estado apoyará la aplicación de beneficios penitenciarios para Oriol Junqueras. Concretamente, el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que le permitiría disfrutar de un régimen casi de libertad pese a estar clasificado en segundo grado y no en el tercero.

No obstante, la Abogacía del Estado no tiene competencias sobre los beneficios penitenciarios que reciban los presos del procés y la decisión de si se aceptan sus alegaciones dependen del Tribunal Supremo.

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