El juez del caso Villarejo archiva la causa contra Repsol, Caixabank, Fainé y Brufau

El magistrado Manuel García Castellón ha tomado esta decisión tras interrogar a los representantes jurídicos de las compañías, que negaron cualquier irregularidad en la contratación de Cenyt

El ex comisario José Manuel Villarejo (c) atiende a los medios a su salida de la Audiencia Nacional. EFE/Emilio Naranjo/Archivo

El ex comisario José Manuel Villarejo (c) atiende a los medios a su salida de la Audiencia Nacional. EFE/Emilio Naranjo/Archivo

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha archivado la causa contra Repsol y Caixabank como personas jurídicas y también contra el expresidente de la entidad Isidro Fainé, y el presidente de la petrolera, Antonio Brufau, por la contratación del excomisario José Manuel Villarejo para investigar al expresidente de Sacyr, Luis del Rivero.

El magistrado da como válidos los argumentos de ambos dirigentes en su defensa. Según el auto, al que ha tenido acceso Efe, de la documentación que aportaron ambas compañías no se desprende que ninguno de ellos tenga obligación de supervisión y vigilancia. De hecho, queda reflejado que estas funciones quedan delegadas «en los órganos competentes para ello».

La contratación de los servicios de Cenyt no recaía en el ámbito de control de los presidentes de las compañías, sino en el de sus directores de seguridad. «No es posible transferir a los presidentes una obligación de supervisión y vigilancia corporativa que está delegada en los órganos competentes para ello”, dicta el texto.

Isidro Fainé, presidente de la Fundación Bancaria La Caixa y Criteria. EFE
Isidro Fainé, presidente de Fundación La Caixa y Criteria. EFE

No obstante, García Castellón apunta en la sentencia que “no se debe perder de vista la situación a la que se somete a una empresa cuando no solo se le imputa responsabilidad a la persona jurídica, sino también a la figura de su presidente, máximo representante de la compañía interna y externamente”.

Y añade: “El sobreseimiento redunda en que los procesos penales no deben sufrir dilaciones indebidas y deben evitar los daños reputacionales de naturaleza empresarial que implicaría mantener una línea de investigación insustancial”.

El juez tampoco no ve razones para seguir con la causa contra Repsol y Caixabank

En su defensa, Caixabank alegó que no concurrían los elementos del tipo de descubrimiento y revelación de secretos ni del tipo de cohecho, en cualquiera de sus modalidades, ha recordado la agencia. Un argumento que ha sido aceptado por el magistrado.

Además, la entidad financiera aseguró que en todo momento “comprobó, con la debida diligencia, a quién iba a contratar, en cumplimiento de todos los controles sobre conocimiento y legalidad del proveedor de servicios Cenyt”.

Por su parte Repsol, justificó que tenía implantado “todo un sistema de cumplimiento normativo o ‘compliance’, no solo limitado a la prevención de delitos, sino dirigido a fomentar una verdadera cultura empresarial del cumplimiento normativo en general, y todo ello con carácter previo a los hechos”.

Noelia Tabanera

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