El TSJC mantiene el 25% de castellano en las dos escuelas donde ya se aplicaba de forma cautelar

A la espera de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la constitucionalidad de la nueva ley catalana, la Generalitat había pedido la revocación de las medidas cautelares

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado mantener el 25% de clases en castellano en dos escuelas donde esta medida ya se aplicaba de forma cautelar por orden judicial, si bien la Generalitat había pedido que se revocara tras la aprobación de la nueva ley lingüística.

De esta manera, el TSJC se ha pronunciado por primera vez sobre las escuelas sujetas a medidas cautelares, después de que el pasado mes de junio reconociera que la sentencia que impone el 25% de clases en castellano no se puede aplicar tras la nueva ley aprobada por el Parlament, que ahora está en manos del Tribunal Constitucional.

A la espera de que el TC se pronuncie sobre la constitucionalidad de la nueva ley, la Generalitat había pedido la revocación de estas medidas en colegios donde se aplicaba el 25% de castellano por decisión judicial, pero la sala contencioso-administrativa del TSJC considera que la nueva legislación «no incide necesariamente en la decisión cautelar adoptada».

El nuevo marco normativo aprobado por la Generalitat «en ningún caso incide de forma instantánea sobre situaciones jurídicas individuales ya reconocidas»

Los autos del TJSC advierten «expresamente a la Administración que cualquier modificación que pretenda realizarse sobre dichas medidas debe ser aprobada por este tribunal».

Sobre el nuevo marco normativo aprobado por la Generalitat, el tribunal asegura que «en ningún caso incide de forma instantánea sobre situaciones jurídicas individuales ya reconocidas».

«Aunque la legislación catalana no defina al castellano como lengua vehicular, su uso educativo está recogido en la nueva norma y el derecho individual del alumno a recibir enseñanza en castellano tiene base constitucional y está contemplado en la legislación básica estatal», recogen los autos del TSJC.

Además, el TSJC ha considerado que la prohibición de porcentajes de la nueva legislación hace referencia a los criterios para la elaboración de proyectos lingüísticos, y que esto «no afecta al derecho individual reconocido en sede cautelar al alumno».

El tribunal también reconoce que la prohibición de los porcentajes no son «extensibles al número real de horas lectivas que se imparten en una u otra lengua, que obviamente ofrece siempre parámetros numéricos o porcentuales».

La presidenta de Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), Ana Losada, ha destacado que, «a falta de que lleguen las demás resoluciones» de colegios donde ya se aplica el 25% de castellano por decisión judicial, «el TSJC no acepta que se revoquen las resoluciones que han conseguido las familias».

Losada, que ha destacado las instrucciones dadas por la Generalitat a los colegios que tienen que cumplir con el 25% para que revoquen la medida, ha asegurado que, los que ya la han retirado, deberán «echarse atrás», porque «si es para dos colegios es para todos».

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