El TSJC paraliza juicios a ex altos cargos de ERC por las elecciones catalanas

El proceso judicial contra Josep Maria Jové, Lluis Salvadó y Natàlia Garriga se posterga pero no se suspende aunque se esté tramitando la ley de amnistía

El diputado de ERC Josep Maria Jové en el Parlament de Cataluña. Foto David Zorrakino / Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido posponer el juicio sobre los preparativos del 1-O para los ex altos cargos de ERC, Josep Maria Jové, Lluis Salvadó y Natàlia Garriga, para evitar «interferencias» con las elecciones autonómicas del 12 de mayo. Sin embargo, ha rechazado suspenderlo debido a la tramitación de la ley de amnistía.

En un comunicado, la sala civil y penal del TSJC ha anunciado el aplazamiento del juicio, que estaba programado para comenzar el 10 de abril, para los ex altos cargos de ERC en el Govern en 2017, Josep Maria Jové, actual presidente del grupo republicano en el Parlament, y Lluis Salvadó, titular del Puerto de Barcelona, quienes están acusados de malversación, prevaricación y desobediencia, así como Natalia Garriga, consellera de Cultura, en su caso por desobediencia.

Evitar interferencias con las elecciones

La sala, liderada por el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, considera que posponer el juicio, previsto entre el 10 de abril y el 29 de mayo, es un objetivo legítimo, ya que evitará cualquier interferencia o aprovechamiento durante la campaña electoral y no afectará a los derechos procesales de las partes involucradas.

El tribunal catalán ha encargado al letrado de la administración de justicia reprogramar las sesiones del juicio a partir de una fecha aún por determinar. Sin embargo, dado el aplazamiento del calendario inicial, podría coincidir con la aprobación definitiva de la ley de amnistía, programada para finales de mayo.

El impacto de la ley de amnistía

Por otro lado, la sala ha rechazado suspender el juicio debido a la tramitación en las Cortes de la ley de amnistía, argumentando que, en la situación actual, esta normativa no puede considerarse un hecho cierto con capacidad para interferir en el curso de una vista ya convocada.

El TSJC destaca que no pueden conceder ningún efecto a las iniciativas parlamentarias hasta que completen todas las fases para su aprobación.

La defensa había solicitado la suspensión del juicio debido a la inminente aprobación de la ley de amnistía, pero tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron, aunque ninguna de las partes rechazó el planteamiento del TSJC de aplazar la vista para evitar que coincida con la campaña electoral.

El tribunal señala que Jové es diputado de ERC y que Garriga es consejera de Cultura en un Govern de este mismo partido, mientras que Vox, que ejerce la acusación popular, también tiene «intereses» en las elecciones del 12 de mayo.

El TSJC recuerda que, al proponer el aplazamiento del juicio, ya había señalado la necesidad de evitar «interferencias recíprocas» entre el proceso electoral democrático y la «necesaria calma» que debe prevalecer durante el juicio.

En cuanto a la ley de amnistía, la sala destaca que la Fiscalía ha señalado que la tramitación parlamentaria no se encuentra entre los motivos previstos por la ley para suspender un juicio.

Las penas que solicita la Fiscalía

Por lo tanto, el TSJC concluye que la ley de amnistía no puede considerarse un hecho cierto con capacidad para interferir o alterar el curso de un juicio ya convocado. El tribunal considera que solo la eventual promulgación y publicación de la ley les daría legitimidad para aplicarla en este caso.

Sin embargo, en este momento, el TSJC subraya su respeto hacia las cámaras parlamentarias, lo que les impide otorgar efecto alguno a las iniciativas legislativas hasta que hayan completado todas las fases para su aprobación, incluida la sanción, promulgación y publicación del texto definitivo aprobado.

La Fiscalía solicita 7 años de cárcel para Jové y 6 años y tres meses para Salvadó, así como un año de inhabilitación para Garriga.

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