La Audiencia Nacional rechaza que la Generalitat se persone como acusación popular en el caso Pegasus

El tribunal confirma el criterio del juez instructor del caso, José Luis Calama, que desestimó hasta en dos ocasiones la petición de la Generalitat de Cataluña

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibe al presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès, antes de mantener una reunión este viernes en el Palacio de la Moncloa. EFE/ Emilio Naranjo

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibe al presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès, antes de mantener una reunión en el Palacio de la Moncloa. EFE/ Emilio Naranjo

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

 La Audiencia Nacional ha rechazado que la Generalitat de la Cataluña se persone como acusación popular en el caso Pegasus, donde se investiga la infección de los teléfonos del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la ministra de Defensa, Margarita Robles y el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska.

La sección tercera de la Sala de lo Penal ha confirmado el criterio del juez instructor, José Luis Calama, que desestimó hasta en dos ocasiones la petición de la Generalitat. En el auto, el tribunal señala que la habilitación que contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto al ejercicio de la acción popular no alcanza a las personas jurídico-públicas que, en consecuencia, precisan de normas específicas.

«Ninguna norma legal autoriza a la entidad recurrente a personarse en este proceso como acusación popular, por lo que el auto del juzgado central de instrucción ha de ser necesariamente confirmado», han dejado bien claro los magistrados en el documento.

Acusación popular

El juez sí que permitió la entrada de diferentes asociaciones como acusación popular, como es el caso de Asociación de Juristas Europeos Prolege o la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (Apedanica) previo pago de fianzas de 10.000 euros.

La Fiscalía no se opuso a admitir la personación si Prolege cumplía dos criterios: la interposición de querella y el pago de la fianza. Sin embargo, Calama, después de analizar doctrina del Tribunal Supremo, concluyó que la primera condición no era necesaria.

Por otro lado, el magistrado tomó la decisión de admitir a APEDANICA con el criterio en contra de la Abogacía del Estado, que se opuso al entender que los hechos investigados suponen un ataque al derecho a la intimidad de las personas, que es el bien jurídico protegido por el delito de revelación de secretos.

En esta línea, la Fiscalía también se mostró en contra de la personación al considerar que la citada asociación no tenía «un interés legítimo en la causa» y alegando que la misma podía «ser perjudicial para el desarrollo del procedimiento».

En esta causa se investiga la infección con el software Pegasus de los móviles del jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, de los ministros de Defensa, Margarita Robles; e Interior, Fernando Grande-Marlaska; así como el intento del terminal del responsable de Agricultura, Luis Planas, entre los meses de mayo y junio de 2021.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp